A través de los pedidos realizados por la Asociación de Conciliadores Laborales de la República Argentina y el MERCOSUR, y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, representando los intereses de los conciliadores laborales, solicitaron la elevación de los honorarios, los que habían sido fijados en el año 1996 a través del Decreto 1169.
Cuenta la resolución, que ”...teniendo en cuenta los datos de la situación social y económica como los objetivos del instituto, han tornado escasos los importes de los honorarios y aranceles antedichos, vigentes en la actualidad...” y ”...dando cuenta del incremento en los costos de los insumos que conlleva el ejercicio de la gestión...”, se debe modificar el arancel de la siguiente forma:
Respecto del depósito que debe realizar el empleador en la cuenta mencionada en el artículo 32 del reglamento, pasará de $30 a $70 –artículo 4º del Decreto 1169/96-. El honorario básico del conciliador por su gestión, que anteriormente era de $25, se incrementa a $50. –Artículo 22 del Capítulo I del Anexo I del Decreto 1169/96-.
En caso que el trámite terminara en un acuerdo conciliatorio homologado o en un laudo arbitral, el honorario del mediador se incrementará de $225, que proponía el decreto original, a $450.