Las empresas Microsoft Corporation, Adobe Systems Inc., Symantec Corporation, Autodesk Incorporated, Apple Computer Inc., Bentley Systems Incorporated y Macromedia Inc. se presentaron en la Justicia para que se le ordene a Tekno Argentina S.A que cese en el uso de programas de computación que utiliza “en forma ilegal”. Las actoras también solicitaron que se destruyan las copias no autorizadas y que, si no cumple con la orden judicial, se secuestren las computadoras de la demandada.
Las empresas señalaron que la pericia técnica concluyó que Tekno “usurpó y usurpa la propiedad intelectual…..explotando ilegalmente una cantidad importante de programas de computación”.
“Los programas de computación, conocidos como "software", constituyen un bien inmaterial, fruto del ingenio humano que, a medida que se incrementa su importancia socioeconómica, también aumenta la necesidad de protección como incentivo a sus creadores frente a la posibilidad de su apropiación y reproducción no autorizada facilitada por la moderna tecnología que da origen y soporte material a este importante adelanto de la civilización”, señaló el juez.
Luego el magistrado afirmó que la Ley 25.036 modificó el artículo primero de la norma 11.723 de propiedad intelectual e incluyó entre las obras que protege a los programas de computación. El artículo 79 de la Ley 11.723 indica que como medida preventiva: “Los jueces podrán previa fianza de los interesados, decretar preventivamente la suspensión de un espectáculo teatral, cinematográfico, filarmónico u otro análogo; el embargo de las obras denunciadas, así como el embargo del producto que se haya percibido por todo lo anteriormente indicado y toda medida que sirva para proteger eficazmente los derechos que ampare esta ley”.
En ese marco, Colotto consideró que la medida presentada por las empresas “debe prosperar dado que mientras continúe la utilización de software sin consentimiento de su autor, se estará violando el derecho que se pretende amparar”.
Sin embargo, otra apreciación tuvo respecto al pedido de secuestro de las computadoras. El juez entendió que esa medida “excedería el objeto que se pretende tutelar y atentaría innecesariamente contra el derecho de propiedad del demandado”. “Ello pues, en virtud de que el objeto de tutela en este caso es el programa de computación -denominado "software"- en su carácter de fruto de la labor personal de su autor y no las computadoras que puedan contener dichos programas y que, por otra parte, son propiedad exclusiva de la demandada”, completó.
Así, el juez le ordenó a Tekno “a proceder al inmediato cese en el uso y posesión de los programas de computación……bajo apercibimiento de proceder a la eliminación de los mismos de los discos rígidos de las computadoras afectadas y al secuestro de todas las copias no autorizadas -conforme el dictamen del perito - en cualquier otro soporte en que ellas se encuentren alojadas”.