20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los regalos no se devuelven

La Cámara del Crimen sobreseyó a un hombre que cobró una indemnización mucho más alta de la que le correspondía, pero se negó a devolver el dinero asegurando que lo había gastado. El imputado explicó que su abogada omitió decirle que el juzgado laboral había cometido un error. Además, aseguró que pagó deudas y realizó aquello que no había podido hacer durante diez años. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Mario Filozof y María Laura Garrigós de Rébori, en autos caratulados “C.C.A. s/art. 239 del C.P.” a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado, contra la resolución que dispuso su procesamiento por el delito previsto en el art. 175, inc. 2 del C.P.

El imputado está acusado de haberse aprovechado de un error del Juzgado Laboral Nº 15 en el marco del expediente “C.C.A. c/Investigaciones Servinco S.A. y otro s/accidente-acción civil”, y de apropiarse de la suma de $146.835 pagada por la empresa “Asociart Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A.”

En ese expediente, la ART había sido condenada a pagarle a C. la suma de $28.200, que era el límite de la cobertura. No obstante ello, el juez laboral, ordenó por error que se librara un giro a la orden del imputado por la suma total de $175.036, lo que finalmente fue cobrado por C.

Advertido el error, se le pidió al imputado que restituyera $145.282, a lo cual éste último se negó. Al efectuar su descargo, C. manifestó que nunca tomó conocimiento del error ya que lo único que su abogada le había manifestado era que había “un problemita”, y para él el juicio ya había terminado. Además, explicó que la notificación que le habían enviado fue recibida por su madre, que no sabe leer.

Al momento de expedirse, los jueces entendieron que “no han sido evacuadas mínimamente las citas efectuadas por el imputado en su declaración indagatoria en cuanto a que una vez que recibió el dinero, le pagó a su letrada, pagó deudas y realizó aquello que no había podido hacer durante diez años –pagar las salidas con sus amigos, invitar a cenar a su madre, etc.-”

“Desde la fecha en que recibió el dinero, 13 de junio de 2005, hasta la fecha en que tomó conocimiento de que tenía que restituir una parte, 12 de septiembre del mismo año, transcurrieron casi tres meses y es sólo a partir de ésta última fecha que puede hablarse de un conocimiento de que una gran parte del dinero recibido no le pertenecía”, sostuvo el tribunal.

Los camaristas no coincidieron con el juez que procesó al imputado por entender que “no puede descartarse sin más que el nombrado hubiera asumido deudas durante el tiempo que duró el juicio en sede laboral”. Por ello le ordenó al magistrado que profundice la investigación.

“Deberá ampliarse la declaración indagatoria de C. a fin de que brinde mayores datos respecto a las deudas que poseía al momento de cobrar la suma cuestionada y brinde mayores precisiones respecto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo el pago de honorarios a su abogada”, dice el fallo.

Y agrega: “a criterio del tribunal no resulta descabellada la hipótesis expuesta por la defensa al momento de apelar la resolución en crisis, en cuanto a que la abogada que patrocinaba al imputado en el juicio laboral no le hizo saber en qué consistía el problema que había en el juicio laboral porque a ella le correspondía un veinte por ciento de la indemnización fijada”.

dju / dju
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