Horacio Peña le robó $80 a María Sol Toledo cuando circulaba en un taxi en un curioso hecho. Toledo viajaba como pasajera cuando se escuchó el ruido del reventón de dos cubiertas. Sorpresivamente el chofer del taxi se bajó, salió corriendo y dejo sola a Toledo en el auto que subió las ventanillas y colocó el seguro de las puertas traseras del vehículo.
Toledo intentó pasar a la parte delantera del taxi para arrancarlo pero se le acercó Peña con una navaja y le pidió el celular y la plata. Luego con los $80 Peña salió corriendo.
Toledo realizó la denuncia y Peña fue detenido por la descripción que hizo la víctima. En el allanamiento a su casa se secuestró el cuchillo y el buzo que tenía puesto al momento del robo. A eso “debe sumarse el reconocimiento en rueda de personas, en el que es señalado por la víctima María Sol Toledo, sin duda alguna; pese a que el mismo en su indagatoria pidió el reconocimiento alegando que no iba a ser reconocido”, explicó el juez.
“Que la materialidad del hecho se encuentra acreditada para esta etapa instructoria, con la denuncia, la inspección ocular y el croquis demostrativo del lugar del hecho, el secuestro del arma blanca empleada y el buzo que vestía el autor y la testimonial de María Sol Toledo”, resumió el magistrado.
Prunotto Laborde encuadró el hecho “en el delito de Robo calificado por uso de arma blanca en calidad de autor (arts. 164, 166 inciso segundo primer párrafo y 45 todos del Código Penal)”.
“Que valoradas conforme las reglas de la sana crítica, las probanzas colectadas en autos, constituyen elementos de convicción suficientes para emitir el juicio de probabilidad requerido por el art. 325 del Código Procesal Penal, dictando en consecuencia Auto de procesamiento a Horacio Gabriel Peña; por el delito de Robo calificado por uso de arma blanca en calidad de autor (arts. 164, 166 inciso segundo primer párrafo y 45 todos del Código Penal). Debiendo transformase su actual detención en prisión preventiva a tenor de lo normado en art. 329 inciso primero del Código Procesal Penal”, concluyó el juez.