21 de Marzo de 2025
Edición 7177 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/03/2025
Reciba diariamente por e-mail
las noticias del ámbito judicial
SUSCRÍBASE
¡GRATIS!
21 de March de 2025
Edición 7177
Próxima Actualización: 21/03/2025
Tapa
Noticias por fuero
Civil
Comercial
Contencioso Administrativo
Corte
Familia
Laboral
Penal
Penal Economico
Seguridad Social
Superior Tribunal Provincial
Noticias por tema
Abogados
Ambiental
Concursos
Congreso
Consejo de la Magistratura
Consumidor
Familia
Farándula
Internacionales
Libertad de expresión
Nuevo Código Civil
Nuevo Código Penal
Salud
Tecnología
Tributario
Violencia de género
Reportajes
Brevata
Buscador de noticias
Ediciones anteriores
Educación a distancia
Mapa del sitio
Términos y condiciones de uso
Política de cancelación de compras
Contacto
Close the sidebar
Carmen Fernández
16 de Julio de 2010
Deudas hipotecarias, un premio de lotería...
Juan pidió en julio del 2001, un préstamo hipotecario privado de 100.000 u$s al 18% anual, a pagar en 12 cuotas de u$s 1.500 de interés, y capital al finalizar en julio del 2002.Pagó las 5 cuotas correspondientes hasta la pesificación. Un total de u$s 7.500, luego desapareció. No tuvo ni siquiera la voluntad de pagar $ 1.500 a cuenta, perjudicando a varios acreedores que con sus ahorros, participaron en dicha hipoteca.Suponiendo que Juan, en estos 5 años, hubiese separado $ 1.500 cada mes, hoy tendría ahorrada la suma de $ 90.000 , o sea casi u$s 30.000Si la Corte avala la ley 26.167 , Juan debería cancelar su deuda con $ 186.000 o sea, u$s 60.500.
Teniendo en cuenta que en 5 años, ahorró u$s 30.000 , y descontando los u$s 7.500 que abonó de intereses, éste buen señor Juan, hoy saldaría una deuda de u$s 100.000 con tan solo u$s 37.500...
Ahora bien, si Juan, utilizó los u$s 100.000 en algún negocio redituable, seguramente en 5 años, obtuvo una ganancia quizás mayor a los u$s 37.500 que hoy le costaría su crédito.Mientras que, del otro lado, hay quizás 4 o 5 acreedores, que además de perder, mas del 50% de su capital, no han tenido la oportunidad de hacer una inversión, ya que sus ahorros estaban en manos de Juan.
Una confiscación increible, en beneficio de un deudor, que hoy bien podría decir, que en el 2001 se ganó un billete de lotería de u$s 100.000No es muy complicado de entender....
carmen fernández / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
VOLVER A LA TAPA
Más notas:
Manuel Figuerero<a href=mailto:manufigue@fibertel.com.ar?Subject=Sobre su correo de lectores en DiarioJudicialCom>
Marcelo Juan ferreyra moschino<a href=mailto:mjuanferreyra@hotmail.com?Subject=Sobre su correo de lectores en DiarioJudicialCom>
Brevatas
Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF
DESCARGAR
Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
SUSCRÍBASE
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486
DiarioJudicial.com® utiliza la plataforma Pupila® CMS