20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Buscan que los jueces de 70 años acrediten su condición psicofísica

En el marco de la Convención Constituyente de Corrientes, un proyecto busca que los jueces o integrantes del Ministerio Público que lleguen a los 70 años deban acreditar su condición psicofísica para continuar en el cargo. La primera redacción de la iniciativa establecía la posibilidad de iniciarle juicio político al juez. El Colegio de Magistrados rechazó la propuesta. Al cierre de esta edición se discutía la nueva integración del Consejo de la Magistratura provincial.

 
“Para continuar en el ejercicio de su cargo, todo magistrado o funcionario del Ministerio Público que alcance la edad de setenta años, deberá acreditar su habilidad psicofísica a través del informe específico elaborado por una junta médica, de conformidad con el procedimiento que determine la ley”, dice el artículo que se propone incluir en la Constitución de Corrientes.

Este artículo no era el original del dictamen de mayoría de la Comisión de Régimen Electoral y Poder Judicial sino que fue modificado por la Comisión de Redacción.

La propuesta original establecía que los magistrados o integrantes del Ministerio Público debían someterse a un examen médico realizado por el Centro de Reconocimientos Médico cuyo resultado se remitiría a la Fiscalía General de la provincia. “Si de ello resultara que el estado de salud del examinado lo inhabilita para continuar desempeñándose en el cargo, dentro de los cinco días corridos de recibir tal noticia dicho funcionario deberá solicitar el Juicio Político del presunto inhábil ante el Consejo de la Magistratura”, continuaba el artículo.

“Es deber inexcusable del magistrado o integrante del Ministerio Público peticionar la realización de este examen, al que podrá asistir un médico de su confianza, bajo apercibimiento de incurrir en falta susceptible de juicio político cuando no solicite o se preste a la revisión dentro de los treinta días de cumplir la edad indicada”, se agregaba en el texto original.

Ninguno de las dos propuestas es bien vista por los magistrados provinciales. “No estamos de acuerdo”, dijo en diálogo con Diariojudicial.com la presidenta del Colegio de Magistrados y Funcionarios de Corrientes, María Eugenia Sierra de Desimoni. “No nos gustaba como estaba el proyecto original. Ahora está mejor redactado pero tenemos cierto temor del modo en que se implemente en la ley”, agregó Sierra de Desimoni.

En la Constitución Nacional, el inciso cuarto del artículo 99, que son las atribuciones del Presidente de la Nación, establece que cuando los jueces cumplan 75 años deberán obtener por parte del Senado “un nuevo nombramiento”. “Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”, continúa la Constitución.

Este proyecto forma parte de otros que se buscan incorporar a la Constitución de Corrientes. En el orden judicial, los más importantes son la incorporación del Consejo de la Magistratura a la Carta Magna y la creación del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Respecto al primero de los cuerpos un dictamen establece su composición sin participación de representantes del sector político, lo que despertó el rechazo del peronismo.

La discusión por la nueva integración del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados estaba siendo discutida en la Convención Constituyente al cierre de esta edición.

La ley que convocó a la Convención establecía que la Fiscalía de Estado, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y la Defensoría del Pueblo también reciban status constitucional.



dju / dju
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