20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Reclamo de inconstitucionalidad por un plus electoral

La Convocatoria Neuquina reclamó la inconstitucionalidad de una acordada del Tribunal Superior de la Provincia. Es la que permitió que cobraran un adicional del 33% de sus salarios por el trabajo que realizaron en la Junta Electoral. El pedido es que además, devuelvan el dinero. Los magistrados fueron recusados, por lo que se deberá conformar un tribunal ad-hoc para que dirima la cuestión. TEXTO COMPLETO

 
Cuestionando una indebida atribución de poderes por parte de la cabeza del Poder Judicial, la asociación Convocatoria Neuquina por la Justicia y la Libertad de Expresión presentó una acción de inconstitucionalidad. Es contra la acordada que autorizó a los miembros del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, al cobro de un “plus electoral”. La justificación fue que representaba una retribución a su participación en la Junta Electoral, conformada para las elecciones provinciales de setiembre pasado.

El pedido cuestiona el adicional del 33 por ciento del sueldo que percibieron los vocales Eduardo Badano, Felipe Cía y Jorge Sommariva, el fiscal Alberto Tribug y el juez Humberto Mazzitelli. Mientras que además solicita la devolución del dinero recibido, todo ello a través de la acordada 4118 del 27 de marzo de 2007, que modificó el reglamento de compensación especial de la Justicia electoral.

Los cobros, que representaron ingresos de entre 5.000 y 6.000 pesos (en función de salarios que rondan los 15.000 pesos por mes), fueron dados a conocer por un periodista del Diario Río Negro en julio pasado, y ahora Convocatoria Ciudadana decidió llevar el tema a la Justicia.

“Siendo una facultad del Poder Legislativo determinar los salarios de autoridades, funcionarios, magistrados, y empleados del Estado, resulta inconstitucional que tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Judicial dispongan una modificación de sus propias remuneraciones, puesto que tal accionar implica una clara violación a la asignación de potestades constitucionales que han sido expresamente atribuidas por el constituyente a los legisladores”, dice el escrito judicial.

Según la disposición firmada por los vocales del Tribunal Superior "los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial afectados a Comicios, tendrán derecho a una compensación especial consistente en la suma remunerativa y bonificable que resulta de aplicar el porcentaje del 33% sobre la base de todas las asignaciones que estén sujeta a aportes -a valores actuales- correspondiente a la categoría de revista". Mientras que luego la misma reglamentación indica que “las autoridades de la Justicia Electoral tendrán derecho a percibir la Compensación Especial a partir de la convocatoria a elecciones y hasta la Audiencia Pública de Proclamación inclusive".

La demanda resalta, en cuanto a que las tareas vinculadas con la Junta Electoral no serían las "normales ni habituales", que “todas las funciones que desempeñan los miembros del Poder Judicial son específicas, luego normales y habituales, en cuanto están determinadas por la Constitución”, y que los mismos “están sujetos a lo que se denomina "dedicación funcional", derivada de la importancia y trascendencia social de sus funciones, por lo que mal pueden cobrar ante la necesidad de extender sus horarios o poner más dedicación a su actividad en determinados períodos”.

Mientras que otro punto resalta que entre los componentes del salario de los vocales del TSJ existe un ítem determinado como "complemento funcional 25%. “De lo que se desprende, que además de haberse adjudicado un plus salarial inconstitucional, irregularmente fundado en la mayor dedicación funcional que les requiere el desempeño en la Junta Electoral, lo hicieron en relación con una remuneración que ya formaba parte de sus salarios”, expresaron los actores.

También, recusaron a los jueces del Tribunal Superior por entender que “manifestaron inequívocamente su adhesión al texto que se cuestiona”, esto es la acordada 4118/07 mediante la cual se aprobó y modificó el Reglamento de compensación Especial de la Justicia Electoral. Por eso, pidieron que se integre un tribunal ad-hoc a partir de la nómina de conjueces designados constitucionalmente.

Desde Convocatoria Neuquina, su presidenta Silvia Couyoupetrou indicó que la acción ya está en tratamiento en el TSJ, aunque no pudo precisar el tiempo que tardará en salir una decisión ya que los jueces ni los legisladores tienen plazos para conformar el tribunal que dirimirá la cuestión. “Están existiendo una serie de irregularidades, acciones donde el tribunal se arroga poderes que no tiene y no garantiza mayor transparencia en la Justicia”, dijo Couyoupetrou en diálogo con este medio.

dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486