20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Descuelguen a los descolgados

La Justicia porteña ordenó retirar de la sede del Gobierno de la Ciudad las placas que contengan nombres de intendentes de gobiernos de facto en resguardo de la memoria. La cámara Contencioso y Administrativa sostuvo que los principios republicanos y democrácticos “impiden que se rinda iguales honores a quienes accedieron al poder legítimamente, respecto de aquellos que lo usurparon y denostaron las instituciones”. El macrismo ya cumplió con la medida. FALLO COMPLETO

 
A través de una medida cautelar dictada en autos caratulados “Stegemann Hansel – Asoc. Madres de Plaza de Mayo – U.E.J.N. c/GCBA s/Medida Cautelar”, la Justicia porteña le ordenó a Macri retirar las placas conmemorativas que se encuentren en el edificio del Gobierno de la Ciudad y que contengan nombres de ex intendentes que hayan pertenecido a gobiernos de facto.

La decisión fue dispuesta en primera instancia por el juez Osvaldo Otheguy y cumplida posteriormente por el Ejecutivo, que incluso, a través de Subsecretaría de Derechos Humanos propuso crear una comisión de trabajo conjunta con la Asociación Madres de Plaza de Mayo y la Unidad Ejecutora de Proyectos de Sitios de Memoria para investigar y promover la remoción de las placas de homenaje que mencionaren a funcionarios públicos de las pasadas dictaduras que se encuentren en las distintas dependencias del Gobierno local.

La cautelar fue promovida por el ciudadano Hansel Stegemann, acompañado por Madres de Plaza de Mayo, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN).

La resolución de Otheguy llegó a la Sala I de la Cámara en lo Contencioso y Administrativo porque en un primer momento el GCBA apeló, reclamando la nulidad de la medida por defectos procesales.

Con el recurso en trámite y la cautelar cumplida, la alzada no tuvo más que declarar abstracta la cuestión, aunque los magistrados consideraron que “el objeto de la pretensión justifica expresar el criterio del tribunal acerca de la delicada cuestión que motivó el debate”.

Así, los jueces Carlos Balbín y Nélida Daniele (que reemplazó a los excusados Horacio Corti y Esteban Centanaro) expresaron que “el derecho a la verdad y la defensa de los principios republicanos y democráticos que competen a los funcionarios públicos en el marco de un Estado de derecho, impiden que se rinda iguales honores a quienes accedieron al poder legítimamente, respecto de aquellos que lo usurparon y denostaron las Instituciones”.

En su voto, Balbín remarcó que “dada la ruptura del orden institucional democrático, una vez superada esa situación, al enfrentar las pasadas violaciones a los derechos humanos el gobierno tiene dos deberes morales fundamentales. El primero y principal es el de prevenir la reiteración, y el segundo el de reparar a las víctimas; en tanto que la verdad es condición necesaria para el cumplimiento de ambos”. Y al respecto citó el ejemplo, entre otros, de las potencias vencedoras en la Segunda Guerra Mundial que destruyeron y prohibieron los símbolos nazis.

Por su parte, al fundar la medida cautelar otorgada, el juez Otheguy indicó que la inclusión de ex intendentes de facto en un acto oficial de homenaje “resulta manifiestamente repugnante al espíritu y la letra de la Constitución Nacional y del texto magno de la Ciudad de Buenos Aires”.

dju / dju
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