Esto llevó a que el viceministro de Justicia Comunitaria boliviano presentara un anteproyecto de ley de prevención y eliminación de todas las formas de discriminación racial que se viene manifestando en distintas zonas de ese país. En la iniciativa, también se estipula la pena de prisión para las personas que cometan este tipo de actos.
Mediante el proyecto se busca prevenir y sancionar todas las formas de discriminación que se ejerzan en contra de las naciones y pueblos indígenas, originarios, campesinos y cualquier persona por razones de sexo, color, género, edad, orientación sexual, origen, identidad cultural, nacionalidad, ciudadanía e idioma.
A ello se suma la sanción a la discriminación con carácter religioso, ideológica, de filiación política, filosófica, estado civil y principalmente por la pertenencia a una nación o pueblo indígena. El resultado que se persigue con esta propuesta, es castigar a quienes intenten anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos y las personas.
El anteproyecto de ley conviene una pena de dos a tres años de prisión, a quienes discriminen a otras personas. Asimismo, se contempla la necesidad de que el racismo sea incluido en el Código Penal como un delito. También se establece que debe existir un proceso de educación y concienciación para la ciudadanía. Por lo tanto, esta propuesta no sólo instituye medidas para la prevención y eliminación del racismo, sino que hasta se puede privar de la libertad, a quienes cometan esta clase de actos.
Sobre ello, el artículo 15 de esa iniciativa instaura que “quién o quiénes arbitraria e injustificadamente impidan, anulen o restrinjan el pleno ejercicio de los derechos individuales y colectivos fundamentales de las personas y pueblos indígena originario campesinos, serán obligados, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados”.
Esta acción podrá ser presentada por la vía civil, pero paralelamente en materia penal podría ser considerado como un delito, con una sanción de entre dos y tres años para “quién o quienes arbitraria e injustificadamente impidan, anulen o restrinjan el pleno ejercicio de los derechos individuales y colectivos, en especial, por la pertenencia a una nación o pueblo indígena originario campesino u otros.”
Por último, también vislumbra que “la pena se elevará en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de todo delito tipificado en el Código Penal y otras leyes complementarias, cuando se hayan cometido delitos por odio a la identidad cultural de los pueblos indígena originario campesinos, principalmente, a través de los medios de comunicación social escrita u oral y fijación de carteles y/o similares.”
Si el mismo finalmente fuese aprobado, todas las instituciones públicas y privadas que prestan servicios sociales a la población, quedarían obligadas a fijar carteles en sus oficinas, referidas a la prohibición de discriminación racial.
El anteproyecto generó distintas opiniones y puntos de vista. Según Asamblea Permanente de Derechos Humanos boliviana, debe existir una pena de cárcel de entre 2 y 5 años. El Defensor del Pueblo del estado vecino, destacó que antes de pensar en una ley, se debe implementar un proceso educativo y de concienciación en toda la población.
Asimismo, aclararon que desde que el presidente indígena, Evo Morales, está en el Gobierno, la discriminación racial se ha intensificado de ambos lados, provocando enfrentamientos, humillaciones, agresiones e incluso muertes.
Un ejemplo similar donde se castiga el racismo, pero en este caso con una sanción económica es en Francia, donde recientemente la actriz francesa Brigitte Bardot, fue condenada a pagar una multa de 15.000 euros, por incitación al odio contra la comunidad musulmana.
En nuestro país, el artículo 16 de la Constitución Nacional establece sobre el asunto que “la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.”