El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Ricardo Gil Lavedra, en ese sentido, libró oficio a los registros nacionales de las Personas y de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, para, con posterioridad remitir a Garzón "datos de identidad, residencia, fotografías y huellas dactilares de personas vinculadas a la causa".
En un dilatado trámite Garzón reclamó a la Justicia Argentina la extradición de los militares, pero ese reclamo nunca llegó completo al juez federal Gustavo Literas, quien tiene a su cargo la causa en nuestro país.
Ahora, Gil Lavedra accedió a parte del pedido de Garzón pero dejó en claro que la Argentina "ha aplicado sus leyes y su jurisdicción a todos estos gravísimos hechos cometidos en el ámbito espacial donde ejerce su poder soberano", en el marco de la polémica desatada por la detención en Italia del ex teniente del Ejército Jorge Antonio Olivera, requerido por la Justicia francesa, por la desaparición y muerte de la joven argentina de origen galo Marie Anne Erize, secuestrada el 15 de octubre de 1976, en San Juan.
Respecto de la causa que lleva adelante Garzón, referida a la desaparición de personas de origen español durante la dictadura, Gil Lavedra enmarcó la decisión de enviar tal información "en un ulterior pedido de extradición" por parte de la justicia de ese país europeo, y advirtió, en ese contexto que a su tiempo " se analizará la procedencia de esta solicitud a la luz de los tratados internacionales y del orden jurídico argentino".
Agrego acerca de la solicitud de Garzón que "no cabe efectuar en este momento consideración alguna" ya que "el juez ha abierto un proceso penal, de acuerdo a la interpretación que él asigna a normas de derecho español".
Luego de ratificar "la firme voluntad de la Republica Argentina de honrar los compromisos internacionales asumidos en la materia", advirtió que en este caso "no procede aplicar el decreto 111/98" dictado por el ex presidente Menem, por el cual se denegaba la asistencia judicial a la Audiencia Nacional de España en esta causa.
"No es razonable denegar prima facie un pedido de asistencia judicial de otro Estado", destacó."El propósito es cumplir con los compromisos asumidos en materia de asistencia y cooperación que aconsejan hacer lugar a los requerimientos que guardan relación con una eventual solicitud de extradición", subrayó.