28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Crean un Cuerpo de Mediadores en Salta

La Corte Suprema provincial dispuso la puesta en marcha de cuatro centros de mediación. Así se superó la etapa del plan piloto que ya regía. “El acceso a la Justicia no sólo está dado por el litigio y la sentencia judicial, sino también –y muy especialmente- por la obtención de una solución adecuada al conflicto por vías alternativas”, dijo el Máximo Tribunal.

 
La Corte Suprema de Justicia de Salta creó el Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial provincial y cuatro centros de mediación en distintas ciudades. “El acceso a la Justicia no sólo está dado por el litigio y la sentencia judicial, sino también –y muy especialmente- por la obtención de una solución adecuada al conflicto por vías alternativas”, sostuvo el Máximo Tribunal en la acordada que dispuso avanzar con la mediación.

Salta venía aplicando un sistema piloto de mediación que con la creación del cuerpo sus funciones fueron finalizadas. “Sirvió para prestar este servicio en forma gratuita con la finalidad de reducir la litigiosidad que se expresa en el crecimiento permanente de causas”, destacó la Corte Suprema sobre el plan piloto.

El cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Salta podrá ser integrado por abogados que acrediten cinco años de ejercicio en la profesión y que tengan aprobadas las instancias de capacitación y evaluación exigidas por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación para ser mediador.

Los integrantes de ese cuerpo se repartirán en cuatro centros de mediación que se abrirán en la provincia. Estarán en las ciudades de Salta, San Ramón de la Nueva Orán, Metán y Tartagal. Los centros de estas tres últimas localidades comenzarán a funcionar de manera progresiva y sujeta a la capacitación que reciban los nuevos mediadores.

El Cuerpo de Mediadores estará bajo la órbita de la Corte Suprema de que también dependerá el registro de mediadores que fue creado y habilitado para la puesta en marcha del plan piloto.

En Salta, la mediación fue instaurada por la ley 7234 que declaró de “interés público” su “uso, promoción difusión y desarrollo”. La norma definió a la mediación como el “método no adversarial de resolución de conflictos, tengan éstos origen tanto en diferendos como de orden social y familiar, verificados en el ámbito provincial como municipal”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486