Se trata de un choque entre un motociclista y un automovilista que ocurrió el 27 de febrero de 2003 en la localidad bonaerense de Olivos. El chofer de un remis, que estaba dejando un pasajero, fue el único testigo del hecho y sostuvo que el motoclista “se llevó puesto el auto” y que el conductor de éste frenó antes de cruzar y que lo hizo “despacito”.
Los jueces explicaron que “poca es la prueba” del hecho ya que no se inició una causa penal y que por lo tanto “no se agregaron informes, gráficos ni croquis indicadores de la posición de los rodados, sentido de circulación previo al choque, estado de las calles y/ o del tiempo, etc”.
En ese marco, los camaristas aclararon que “la apreciación de la prueba -y en especial de la testimonial-, conforme el art. 386 del Cód. Procesal, exige al juzgador que se realice conforme a los principios de la sana crítica, siéndole totalmente lícito apreciar oportuna y justamente si el testimonio en cuestión parece objetivamente verídico”.
Como el testigo del hecho fue una sola persona su declaración de lo ocurrido debe ser “categórica, amplia, sincera, con razón de sus dichos y convincentes a tal punto que no deje duda alguna en el ánimo del juez”.
Y esas características tuvo la declaración del remisero. Los magistrados sostuvieron que los dichos del testigo fueron vertidos con “precisión, coherencia y objetividad”.
Los jueces hicieron lugar a esa declaración a pesar que el testigo, como impugnó el motociclista, no fue incluido en las denunciadas de la causa y que fue notificado a través de diligencias extraprocesales.
“La valoración de una prueba testimonial constituye una facultad propia de los magistrados, quienes pueden muy bien inclinarse hacia aquellas declaraciones que les merecen mayor fe para iluminar los hechos de que se trate. De tal modo, en la apreciación de la prueba testimonial lo relevante es el grado de credibilidad de los dichos en orden a las circunstancias personales de los testigos, razón de ser de su conocimiento, interés en el asunto y coherencia, requisitos que de no concurrir total o parcialmente autorizan a alegar sobre la idoneidad del declarante”, explicaron los camaristas.