24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Federico Domínguez: "El dos por uno es totalmente inconstitucional"

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En diálogo con Diariojudicial.com, el presidente del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, Dr. Federico Domínguez, manifestó que es partidario del juicio por jurados y que ve con buenos ojos que la justicia provincial intervenga en casos de drogas. Es uno de los más serios cuestionadores del servicio penitenciario bonaerense y señaló que hubo un "fracaso de políticas en ese sentido".

Dju: Se están por cumplir dos años de la puesta en vigencia de la reforma procesal penal a nivel provincial . Como responsable de uno de los organismos que tuvo a su cargo la supervisión, ¿cuál es el balance que hace?, ¿cree que hay que hacer ajustes?

FD: Si, en términos globales diré que la reforma es una cosa muy lograda en cuanto a que se ha revertido una tendencia de setecientos años de tradición inquisitiva y eso es lo positivo. Prueba de eso es que la provincia del Chaco ha sancionado un nuevo código, siguiendo los líneamientos del bonaerense y del de Córdoba, del cual a su vez nosotros tomamos en parte y es el movimiento que se está imponiendo en todo el país. Próximamente entrarán en vigencia los de Neuquén y Chubut. Partiendo de la base que "quien investiga persigue" y no que "quien investiga, juzgue" debe considerarse que la reforma ha sido lograda. Y en el aspecto ideológico vale resaltar que se adecua el proceso a la Constitución Nacional.

Dju: ¿Qué ventajas trajo que el fiscal sea el responsable de la investigación penal?

FD: Que hay un tercero que dirime los conflictos entre el fiscal y la defensa, que es el juez.

Dju: Hubo quejas de parte de ministerio público, respecto de que los jueces de garantías se ponían en "directores del proceso" y que eso no se correspondía con el espíritu del nuevo código.

FD: Si, efectivamente. Eso si ocurre y no es que "se ponían", se ponen aún hoy. Vuelvo a insistir: desde el concilio de Verona en el 1214 para acá se ha manejado con tradición inquisitiva . Entonces es muy difícil para quien fue protagonista o "patrón de estancia" como fueron los jueces de instrucción, transformarse en prescindentes. En oportunidad de elaborarse el anteproyecto en la comisión que integré hubo una posición a la que adherí y que era del doctor Bertolino, pero que fue minoritaria y fue la de transformar a los jueces en fiscales. Con esto hubieran conservado este espíritu persecutorio y la otra consistía en inventar la figura del Juez de Garantías, que fue lo que se hizo. Pero que ocurrió, muchos de los jueces de Instrucción se transformaron en jueces de Garantías y allí vino el problema. En Italia habían hecho al revés. Acá se temió lo que pasó en Córdoba, donde los jueces no querían perder las "chapas blancas" de distinto color a la de los fiscales. Entonces se llamó a esto "el problema de las chapas" porque se resistían a ser llamados "fiscales". Este problema sociológico por así decirlo también ocurrió en Tucumán. Entonces se decidió que para evitar eventuales problemas "a la cordobesa" había que dejar a los Jueces de Instrucción como Jueces de Garantías...

Dju: Hay cosas que quizá un hombre de la calle no entiende, por caso que se libra una orden de detención la cual puede ser revocada y mientras la misma es resuelta pasa un plazo importante en el cual hasta el imputado puede llegar a fugarse o a intimidar a quien lo denunció...

FD: Es correcto comprender que haya temor y puede haber ocurrido en más de un caso. Lo que ud. plantea es, por ejemplo, que un fiscal libra la orden de detención y el juez le da vueltas y el presunto destinatario de la orden se entera y puede evadir la captura. Probablemente ocurra no en una medida general pero sí en algunos casos. Por eso y respecto de esa circunstancia hay un proyecto del Procurador provincial que amplia estas facultades de los fiscales en ese sentido.

Dju: ¿Y qué ocurre con el principio de garantía de libertad durante el proceso ?

FD: A ese principio no lo veo con inconvenientes si se lo complementa con otro tipo de institución.

Dju: ¿Pero qué pasa en el caso de que una víctima sabe que alguien cometió un delito se la denuncia y el denunciado después intenta intimidar... ?

FD: Por eso soy partidario de suprimir la banda delictiva de decir que tal cosa es detenible o no detenible según el delito, y hacer con relación a cada caso concreto desde el hurto, el homicidio y hasta un atentado al orden constitucional en cada situación en particular. Por que uno va a saber después de un estudio interdisciplinario efectuado por un comité asesor del Juez de Garantías, si se debe o no excarcelar durante el proceso.

Dju: Es decir dejar librada la decisión a criterio del juez...

FD: Si y en cada caso. Yo siempre doy este ejemplo: puede haber una persona que hurta ocho veces seguida y a la novena cuando se le resisten extrae un arma, agrede a la persona y la mata . Eso pudo haberse evitado de haberse efectuado un buen estudio de personalidad con el caso del primer hurto. Por el contrario, la mujer que mata al marido que violó su hija y que le corresponde reclusión perpetua no puede ser excarcelada aunque todos sabemos que ella no va a volver a delinquir. El tema de la ineficacia de estas libertades se soluciona en la medida en que se instale de una vez por todas el procedimiento en rebeldía. Y hay que dar un debate serio por que se habla de la protección a la víctima, pero nadie le dice que puede ser querellante. Es decir víctima "ma non troppo", por que no le dan la posibilidad de actuar junto al fiscal como querellante. La segunda "no protección" es que no hay juicio por jurados. Creo que el jurado contribuiría a la dureza de las penas, o al ablandamiento aquellos casos en que se considere que no se debe sancionar demasiado o absolver directamente.

Dju: ¿Usted sigue siendo minoría también en cuanto al tema de jurados ?

FD: No. Empezamos a ser mayoría.

Dju: ¿ No le aterra quizá a algunos magistrados, que haya varias "Doñas Rosas" sentadas en un jurado tomando decisiones?

FD: Lo que pasa es que a muchos magistrados les aterra por que pierden poder de esta manera. En el tema del jurado, se dijo allá por 1889 o 1890 en el Senado de la Nación que no era jurídicamente imprescindible, lo cual es cierto por que puede haber un muy buen sistema sin jurado. El segundo argumento era que no era políticamente conveniente y esto hizo que el Poder Ejecutivo no tuviera interés por que no se pueden controlar a doce ciudadanos designados al azar que terminan teniendo el dominio de la estructura. Por otra parte el Poder Judicial también se resiste a perder poder. Y en la medida que la Constitución hace que el pueblo sea soberano en la decisión de los hechos se espanta y asusta a unos cuantos. Hay una reacción corporativa. Para mi el jurado humaniza el proceso por que esa gente juzgará a lo sumo diez casos, en toda su vida, pero no van a estar todos los días con homicidios que se terminan por no darle ninguna importancia y se termina como una especie de infracción de tránsito.

Dju: ¿Pero no pueden influir muchos prejuicios sociales a la hora del veredicto ? Por ejemplo, en Estados Unidos se habla de cierto racismo cuando el imputado es de color o latino.

FD: Pero cuando se integra un jurado es mucho más fácil de filtrar una persona con prejuicios, a diferencia de tener a alguien impuesto, como es el nombramiento de un juez anterior que puede llegar a tener una formación autoritaria, por que cuantos jueces hoy en día vienen , aún con el fuero constitucional, desde la época del Proceso.

Hay dos sistemas para elección de jurados, el inglés o francés y el norteamericano. En el primero el jurado está prestablecido por tres meses y el norteamericano se elige al jurado para cada juicio. A mi me parece mejor este último, aunque puede demorar más por que se logra un sistema más imparcial.

>Dju: Lo que pasa con el jurado es que uno no se imagina, por ejemplo, a un vecino analizando el resultado de una pericia...

FD: No. Es que el perito que viene al juicio tiene que venir a la audiencia y convencer que el razonamiento que ha hecho es válido para la ciudadanía media. De no ser así existiría una contradicción : todos los culpables que no son abogados tendrían que estar afuera. Se supone que el condenado para cumplir la pena tuvo que comprender el derecho que se le aplicó. Se tiene que saber que por tal norma se hizo lugar a una demanda civil o laboral o un desalojo. Si esto es así y lo tiene que entender el demandado o acusado en una relación procesal es obvio que la gente también lo tiene que entender. Por ejemplo, en el caso Cabezas ningún jurado le hubiera dado importancia lo que alguien hizo con una ramita para buscar una cámara de fotos. Puedo hacer este comentario por que estoy excusado en ese caso.

Dju: Cuando el gobernador Carlos Ruckauf dispuso el límite de las excarcelaciones se habló mucho de que esto traería un aumento de la disuasión para con los delincuentes. ¿Esto fue así ?

FD: No. Yo creo que no hubo un efecto disuasivo. De hecho se ve con la pena de muerte. Sin embargo sería deshonesto no decir que en el caso de California, hace más o menos cuatro años, se duplicó la pena del delito cometido con armas. Estadísticamente en Los Angeles y dicho esto por un juez de ese Estado, se produjo una sensible baja para los delitos con armas. Pareciera que en este caso funcionó . Si ese es el mismo argumento para este país creo que no podría funcionar por que estamos hablando de otra cultura jurídica.

Dju: También se habló que con ese límite se cortaría el circuito delictivo con el incremento de detenciones, las cuales aumentaron en las comisarías...

FD: Pero lo que entonces ocurre es que un tercio del personal policial está abocado a cuidar presos que no es función de la policía. Esto habla a las claras del fracaso de la política carcelaria por parte del estado provincial, que no ha podido resolver eso. Estamos en estado de emergencia carcelaria desde hace siete años y ahora estamos en la emergencia de la emergencia. No me parece serio que se detenga gente y que no haya lugar donde ponerla, por que estamos violando convenciones y tratados.

Dju: Si bien el ministro de Seguridad Ramón Verón no está de acuerdo con las detenciones en comisarías, si admitió que hubo una baja en el delito, al decir de las últimas estadísticas...

FD: Son las estadísticas que maneja él. Acá hay un problema con las estadísticas policiales, y no es que uno le desconfíe, sino que se toman parámetros distintos. Ellos parten de la base del hecho esclarecido y a partir de ese concepto surgen ciertas dudas. Por ejemplo se roban un televisor y detienen a Pérez y después no hay pruebas contra él y se lo libera, pero para la policía es un hecho esclarecido . Yo creo que para sacar algo en limpio habría que hacer un cruzamiento entre policías, fiscales, jueces de garantías y tribunales de juicio para ver como resulta el sistema, es decir de cien hechos cuantos fueron a juicios y cuantos fueron condenados. No se puede hacer una estadística sólo en base al parte policial.

Dju: ¿Qué ha quedado de la situación denunciada por usted respecto de irregularidades en el Servicio Penitenciario con los permisos transitorios de salidas ?

FD: Siguen totalmente vigentes. No veo que se haya operado un cambio en el servicio penitenciario. Se revela una falta de política carcelaria, por que si se ve que tras siete años no hay lugar para los más de tres mil presos en comisarias, esto demuestra que se ha fracasado.

Dju: ¿Y la cantidad de detenidos, a su juicio, va a seguir creciendo ?

FD: Yo creo que va a seguir creciendo, por que el índice al respecto es cada vez mayor. Pero esto es universal, no sólo de este país.

Dju: ¿Está de acuerdo con que los jueces de la justicia provincial intervengan en causas por drogas, sea por tenencia o consumo ?

FD: Si. Y la razón es constitucional. El delito de drogas es un delito contra la salud pública. Yo no sé por qué acá se federalizó. Constitucionalmente las facultades de brindar salud son concurrentes entre la Nación y las Provincias.

Dju:¿Pero esto no traería aparejado un aumento en las causas en la justicia provincial?

FD: Si lo hubiera y de hecho lo va a haber, hay que dotar los medios suficientes. Para usar un ejemplo: no tiene sentido sancionar una ley de protección de pesca si no se tienen los buques corbetas o fragatas para patrullar el mar.

Dju: ¿De donde tomaría ejemplos como para aplicar en el mejoramiento del sistema judicial bonaerense?

FD: Por ejemplo, de un proyecto de Santa Fé. Allí se habla de una categoría única que asimila a todos los jueces al nivel de camaristas. Y cuando hay que recurrir la decisión de un juez, se forma una cámara a ese efecto. Me parece una línea interesante a seguir, por que si bien hay que pagarle más sueldo a los jueces, también es cierto que van a sobrar jueces. Si eso se aplicara en la provincia de Buenos Aires, no habría que nombrar nuevos por lo menos por tres años. Se lo he planteado al ministro Jorge Casanovas, quien me dijo, creo que por que carecía de datos, que le parecía algo muy caro. Aunque yo no estoy totalmente convencido de que sea así.

Dju: ¿Está de acuerdo en que hay que ponerle límites al principio denominado "dos por uno" ?

FD: Para mí el dos por uno es totalmente inconstitucional. Es una confusión que hay entre la Nación y la Provincia por que rige sólo para presos nacionales. Si la Nación tiene problemas de demoras con sus presos no tiene por que obligar a las provincias a computar dos por uno más, en aquellas provincias que pueden llegar a estar al día. Además la prisión preventiva es una institución netamente procesal y no está delegada por las provincias a la Nación. Estoy a favor del principio de la duración razonable del juicio. Pero no necesariamente tengo que aplicar un "dos por uno" que me viene impuesto por una legislación nacional que yo no acepto como constitucional en la provincia.

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