Fuentes parlamentarias señalaron que son varios los proyectos para crear un régimen de responsabilidad juvenil que reemplace al actual decreto ley 22.278 de régimen penal de minoridad. Las mismas fuentes señalaron que la mayoría de los bloques presentaron proyectos pero hasta el momento no hubo avances en sus tratamientos.
“Para reformar la ley hay dos problemas. Falta un empujón del Gobierno y el fallo de la Corte es el mayor retroceso en materia de derechos humanos en la historia de la argentina democrática porque convalida un decreto de la dictadura militar que permite la privación de la libertad para los menores de 16 años”, le dijo a Diariojudicial.com Emilio García Méndez, diputado nacional y presidente de la Fundación Sur, entidad que inició el habeas corpus a favor de los menores.
Los proyectos que están en el Congreso coinciden en sus lineamientos generales sobre una nueva ley penal de menores. Las iniciativas prevén que la prisión preventiva para los jóvenes de 14 a 18 años sea una medida “excepcional” y como último recurso para el caso de los delitos graves; para otros delitos, y los que más habitualmente cometen los menores, como robo o hurto, se establecen sanciones especiales como, por ejemplo, la realización de acciones comunitarias.
Los proyectos van en lineamientos con la Convención sobre los Derechos del Niño y los convenios internacionales incorporados a la Constitución Nacional.
“Las iniciativas deben tener en miras la realización de un juicio especial y sanciones justas que tengan como prioridad el contenido social educativo evitando la reincidencia en el delito de menores de 18 años”, le explicó a este medio la senadora nacional María Cristina Perceval, autora de un proyecto en conjunto con su par Gerardo Morales radicado en la Comisión de la Justicia y Asuntos Penales de la cámara alta.
Ese proyecto también plantea la prisión preventiva como una medida excepcional y del menor tiempo posibles e inclusive específica cómo puede llegar a cumplirse: prisión domiciliara o durante los fines de semana. También distingue un proceso para los menores de entre 14 y 16 años: “Esa edad la contemplamos con funciones donde aun más se refuerzan las medidas de protección, de no desvinculación con el grupo familiar”, le explicó a Diariojudicial.com. Perceval.
Para el juez de menores Horacio Barberis una nueva ley legislación debe ir acompañada necesariamente de reformas estructurales. “De nada serviría una excelente ley sin los recursos necesarios para cumplirla”, le dijo a este medio y agregó que sino se “va a mantener la sensación de inseguridad que vive la sociedad”
Barberis señaló que se deben “mejorar los lugares de internación, mantener un fluido contacto de los operadores con la familia, crear cargos de operados de campo que pueden trabajar en los lugares donde los chicos hayan delinquido, trabajar en educación y que haya escuelas de oficio para que los chicos puedan aprender un oficio”.
Ante la sanción de un régimen de responsabilidad penal juvenil el magistrado señaló que los lineamientos principales de una reforma deben ser el respeto a la protección integral de los jóvenes y buscar alternativas que permitan que puedan tener distintos caminos de recuperación. “La pena privativa de libertad debe ser la última alternativa como dice la Convención sobre los Derechos del Niño”.
Respecto al fallo de la Corte, Barberis dijo que el Máximo Tribunal “actúo con mesura en un tema delicado”.
La Corte Suprema revocó el martes un fallo de la Cámara de Casación Penal que había ordenado en diciembre del año la libertad progresiva de un grupo de menores alojados en el instituto San Martín y declarado la inconstitucionalidad de la ley 22.278. Tanto el Máximo Tribunal como Casación ordenando en sus fallos que el Congreso reforme la legislación nacional en materia de minoridad a lo que establecen los tratados internacionales de protección de los derechos y las garantías de los menores.