05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

"Se debería reducir drásticamente la instrucción preparatoria y hacer más hincapié en el juicio"

Luis Salas
Juez del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de la Capital Federal

 
Para muchos 2009 será “el año de los grandes juicios”. Comenzarán una decena de procesos orales contra ex represores por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar, como la ESMA y Primer Cuerpo del Ejército, algunos de ellos ya en marcha. A eso se suma la continuidad de los juicios por la tragedia de Cromagnón y contra el padre Julio Cesar Grassi que se iniciaron el año pasado.

El inicio del juicio contra el ex represor Jorge Olivera Róvere generó el debate sobre la publicidad de los procesos pero postergó un tema fondo: las condiciones de los tribunales para funcionar tanto de estructura como procesales. “Ha ido creciendo exponencialmente la cantidad de procesos. La ampliación de tribunales siempre es menor al incremento anual de causas, en todas las jurisdicciones en general. La saturación de trabajo es permanente, paulatina y no creo que vaya a terminar nunca porque es una situación que tiene que ver con el incremento de la población y con la mayor proliferación de hechos delictivos”, sostiene el magistrado.

Juez del tribunal oral criminal porteño Nº 1 desde 2004, defensor oficial durante ocho años, secretario de tribunal oral y fiscal adjunto federal, entre otros cargos, Salas propone una serie de reformas para agilizar los procesos: “Hay que modificar el Código procesal, eso es prioritario”; “todo lo que implique una solución alternativa, no necesariamente penal, del conflicto me parece absolutamente útil, sobre todo en aquellos delitos con pena menor”, expone el magistrado.

El magistrado recibió a Diariojudicial.com en su despacho del sexto piso del Palacio de Tribunales y analizó el estado de situación en que se encuentran los tribunales orales: “se debería reducir drásticamente todo lo que es la parte de instrucción preparatoria y hacer más hincapié en el juicio”, dice. Para Salas “hay situaciones que no necesariamente deberían ser resueltas en un juicio oral. Además, en general, se le da la misma prioridad a hechos de suma gravedad que a hechos de menos gravedad. No hay una selección porque no hay un principio de oportunidad reglado”.

¿En que situación se encuentran actualmente los tribunales orales de la Capital Federal?

En infraestructura están como el resto de la Justicia, escasos. Tienen una estructura de 1992 pero con un incremento anual de las causas que se tramitan y con una mayor exigencia por parte de la sociedad. En cuanto a eficacia y eficiencia creo que se intenta resolver, a partir de estas deficiencias, con mayor trabajo e imaginación para hacer que estas dificultades no entorpezcan la tarea.

¿En qué momento del juicio se nota más la falta de recursos?

En los tribunales orales tenemos una normativa procesal muy obsoleta y esto implica disfuncionalidades en la convocatoria de la gente a los juicios. Vemos que se pierden esfuerzos por el procedimiento mixto que tenemos donde la primera parte es escrita, se toma consideración de absolutamente todo y después se tiene que reproducir en un juicio luego de un tiempo bastante prolongado en algunos casos, con perdida de inmediación en los testigos y citándolo varias veces a declarar lo mismo. Entonces vemos que se debería reducir drásticamente todo lo que es la parte de instrucción preparatoria y hacer más hincapié en el juicio.

¿Cómo se pueden reducir los tiempos de instrucción?

Hay que modificar el Código procesal, eso es prioritario. Se pueden seguir creando tribunales, nombrando jueces, pero eso nunca va a ser suficiente. Paralelamente a eso hay que pensar en herramientas procesales acordes a lo que la sociedad exige, que son abreviación de plazos – sin perdida de las garantías –, perder formalidad en la preparación del juicio y hacer que la verdadera estrella sea el juicio oral.

¿Hoy cual es la estrella?

Mediáticamente son los primeros momentos de una causa. Normalmente los porcentajes de condenas en estas causas que se inician son mínimos. En una parte porque se transitan mecanismos alternativos de solución de conflictos, que eso es bueno, y también hay causas que no se resuelven por ineficiencia del sistema.

En el juicio por la tragedia de Cromañon el tribunal tiene una pantalla gigante donde hay una maqueta virtual del lugar que se la puede recorrer a través de un sistema de computación y la sala de audiencias – la misma donde se realizó el juicio a las juntas militares en 1985– está acondicionada especialmente. ¿Esto es una excepción dentro de los tribunales orales?

No son juicios comunes. Lo normal es que con la estructura edilicia que tenemos medianamente podemos cubrir las necesidades de los juicios. Cuando se presentan estos juicios, con gran cantidad de víctimas e imputados y con tanta atracción mediática, se cubren esas situaciones. No podría haber una estructura permanente para situaciones así porque no son normales. Sí es imprescindible, por ejemplo, adoptar un sistema de grabación audiovisual de todos los juicios con un simple sistema de cámara web y soporte en CD como pude observar se utiliza en España hace años.

¿Las causas a juicio oral llegan bien instruidas o enmarañadas y eso hace todo más difícil?

Lo que observamos es que los objetivos de los operadores jurídicos en la instrucción no necesariamente son los mismos de los objetivos que se tienen en el juicio. El objetivo de los fiscales y jueces de la etapa inicial es que la causa llegue a juicio oral. Y vemos que hay situaciones que no necesariamente deberían ser resueltas en un juicio oral. Además, en general, se le da la misma prioridad a hechos de suma gravedad que a hechos de menos gravedad. No hay una selección porque no hay un principio de oportunidad reglado.

A fin de año, la jueza de un tribunal oral María Cristina Camiña dejó la Justicia y en un reportaje con Diariojudicial.com dijo que sentía que en un alto porcentaje de causas estaba juzgado “pavadas” y que en alguna medida se estaba “juzgadon a la pobreza”. ¿Coincide?

El derecho penal y la forma en que se opera tiende a estigmatizar a la gente y a operar en los más vulnerables, los más fáciles de enjuiciar. Obviamente que no hay una selección racional de esto pero sí fáctica. Esto es una realidad porque los pobres, los adictos, etc. son los que más fácilmente pueden ser operados por los agentes del sistema.

Hay un debate sobre la publicidad de los juicios y el acceso a prensa. ¿Cuál es su postura?

El juicio es público y hoy la publicidad no está dada por la asistencia a una sala sino por el hecho de que eso pueda ser multiplicado por un medio de comunicación. Y no hay mejor publicidad que la directa: que la gente pueda ver sin ningún tipo de enmascaramiento lo que está pasando en ese juicio. La intimidad como valor está muy relativizada en un juicio oral porque lo que implica un juicio es hacer público lo que se está debatiendo en ese proceso, o sea que trascienda lo que se está diciendo no perjudica ningún derecho constitucional, en la medida que no se entorpezca su desarrollo y, obviamente, no estén implicados menores o situaciones de orden publico que hagan que esa publicidad no se lleve a cabo porque así esta previsto en el Código.

Alternativas para la resolución de conflictos penales

¿Cuál es su opinión sobre la mediación penal?

Todo lo que implique una solución alternativa de conflictos es útil. Tenemos una gran cifra negra, es decir, muchos delitos que no se denuncian, y además un mínimo porcentaje de sentencias respecto a la cantidad de de hechos que se denuncian, por lo cual todo lo que implique una solución alternativa, no necesariamente penal, del conflicto me parece absolutamente útil, sobre todo en aquellos delitos con pena menor, que sí crean inseguridad ciudadana, que son los pequeños robos, las cuestiones entre vecinos, de convivencia familiar, etc.

En la provincia Buenos Aires se implementaron los tribunales orales de un solo juez para juzgar determinados delitos con penas menores

A partir del fallo “Casal” de la Corte, que implicó que las sentencias de los tribunales hoy en día son casi una sentencia de primera instancia, porque son revisables en su casi totalidad, el tribunal unipersonal va a dar suficientes garantías como para que esta primera sentencia, cuando no son hechos con penas mayores, puedan ser perfectamente adoptadas por un único juez. También va a generar que, por ejemplo en Capital Federal donde hay 30 tribunales orales, se va a multiplicar la cantidad de tribunales automáticamente sin necesidad de gastar mayores recursos.

De su experiencia en la Justicia penal, ¿cómo fueron variando la tramitación y el tipo de procesos?

Ha ido creciendo exponencialmente la cantidad de procesos. La ampliación de tribunales siempre es menor al incremento anual de causas, en todas las jurisdicciones en general. La saturación de trabajo es permanente y paulatina, y no creo que vaya a terminar nunca porque es una situación que tiene que ver con el incremento de la población y con la mayor proliferación de hechos delictivos.

Intercambio judicial con España

A fin de año, Salas hizo un intercambio de trabajo con el juez español Manuel Estrella, de la Audiencia Provincial de Cádiz, quienes visitaron los tribunales orales en los que se desempeña cada uno para conocer cómo es el trabajo en la Justicia de cada país.

¿Qué cosas positivas vio en los tribunales de España que se debería tomar y en qué aspectos está mejor la Justicia argentina?

Lo que más rescaté es la celeridad que ellos imprimen a la audiencia, en muchos casos menos formal que la nuestra. Es menos formal en lo que tiene que ver con las estructuras propias del juicio, es decir, se abrevian mucho los pasos. Se aprovecha mucho más lo que tiene que ver con la instrucción. Acá, por una cuestión procesal, reproducimos prácticamente todo. También me llamó la atención el nivel de agilidad que le imprimen a la audiencia. Eso es algo que nosotros creo que tenemos que lograr: desformalizar un poco lo que es el trámite de juicio. Una gran diferencia también es que ellos tienen muchos más recursos económicos que nosotros y eso ayuda al proceso.

¿Qué impresión se llevó el juez español?

El rescató la posibilidad del fiscal, en algunos casos, de pedir la absolución ya que aquí está basado en el principio de legalidad más que de mera persecución del delito. En España, el fiscal tiene mucho menos posibilidad de pedir una absolución, un sobreseimiento o de bajar una calificación porque tiene un imperativo estructural que los hace prácticamente solicitar condenas, y por lo más posible, en casi todos los casos.

Semanas atrás hubo una importante huelga de jueces en España en la que reclamaron mejoras estructurales en material salarial, de infraestructura, nuevas tecnologías, y más nombramiento de magistrados. ¿Cuál era el clima que percibió en los tribunales durante su visita?

La protesta de los jueces españoles no ha finalizado. Se está realizando en estos momentos e incluyó recientemente -según datos extraoficiales- una jornada de huelga de una cantidad cercana a los 2000 jueces, cifra que representa aproximadamente un 40 % de los jueces españoles. Cuando estuve en España en el mes de Noviembre del año pasado se percibía el malestar de los magistrados por los temas que motivan sus reclamos, pero no podía realmente preverse que se llegaría a una huelga, algo que sucede con los jueces por primera vez en la historia del Poder Judicial español.

Los reclamos son los mismos que hacen los jueces argentinos, ¿es posible un paro de magistrados en los poderes judiciales del país?

Las situaciones difieren. España está inserta en una realidad –la europea- muy distinta a la que nos encontramos nosotros en Latinoamérica. Los reclamos de los jueces pueden ser justos, pero los contextos económicos y sociales de los países desarrollados y los nuestros son muy diferentes. Por motivos diferentes, en Colombia hace poco, se dio una situación semejante a la que se está viviendo en España. En mi opinión hoy en Argentina no se justificaría una medida de este tipo.

¿Usted se sumaría a una huelga?

No. No puedo opinar de la situación de otros países, para ello debemos remitirnos a las afirmaciones de los jueces de allí, con algunos de los cuales mantengo una relación de amistad. Pero en Argentina es muy difícil encontrar una base legal para una huelga de este tipo. Los jueces constituimos uno de los poderes del Estado y debemos ser muy prudentes en la utilización de un recurso que, al menos en nuestro país, sería prácticamente el último. Siempre debe primar el diálogo y la negociación y la explicación de las razones ante la opinión pública, que en definitiva, dada nuestra condición de servidores públicos, va a terminar valorando la situación.



martín angulo / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486