17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

El anonimato hace a la denuncia improcedente

La Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura, recomendó al cuerpo la desestimación de una denuncia anónima contra una jueza Mónica Atucha De Ares por secuestro y robo de órganos que el denunciante le atribuía a una comisaría de la Capital Federal. Los hechos habrían tenido lugar en 2001.

 
Mediante un dictamen presentado ante el plenario del organismo, la Comisión de Disciplina y Acusación dictaminó a favor de la desestimación “in limine” de una denuncia contra una jueza por secuestro y robo de órganos cometidos por efectivos que se habrían desempeñado en la Comisaría 6ta de la Capital Federal.

La presentación carecía de datos respecto al denunciante salvo por la firma “Flia Medina”. Allí acusaba “a los comisarios de la Comisaría 6ta de la Capital, ubicada en la calle Venezuela, por ser autores del secuestro seguido de muerte y robo de órganos”.

“La víctima que fuera en vida Carlos Alberto Medina fue perseguido a mansalva por el comisario Carca, Benedito, Omar Bravo, Roberto Rodríguez y abogados, con la banda de mafiosos y un grupo de jueces entreguistas”, indica la denuncia. “La víctima fue secuestrada el 3 de marzo de 2001, y fue torturado durante 10 días, y lo asesinaron el 14 de marzo”, agrega.

La presentación pedía la detención de los responsables de la comisaría 6ta durante el año 2001 y acusaba a la jueza Mónica Atucha De Ares por presunta “mala justicia”.

Los consejeros explicaron que “si bien las denuncias no están expuestas a ningún rigorismo formal, la presentación en análisis carece de los requisitos mínimos”, explicaron los consejeros, y sobre el punto remarcaron que la presentación estaba “sin identificarse ninguna persona en particular con sus datos personales”.

“Se configuraría una especie de denuncia anónima, que no puede ser admitida”, según consideraron la presidenta de la Comisión, Diana Conti, y los consejeros Santiago Montaña, Marcela Losardo, Luis María Cabral, Ernesto Sanz y Mariano Candioti.

“Por las razones expuestas y toda vez que esos requisitos no pueden ser suplidos (la denuncia anónima), la presente denuncia se torna manifiestamente improcedente”, concluyeron. Resta de todos modos que el plenario ratifique o desestime el dictamen.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486