Según describe el fallo, la empleada del comercio se encontraba parada en la puerta de entrada al local cuando una persona del sexo femenino, “al pasar por la puerta hace sonar el dispositivo de alarma que posee el lugar por lo que la declarante intenta detener su marcha, observando que el femenino salió del local caminando más apresuradamente”.
“La dicente sale tras el femenino manifestándole que se detenga y que le mostrara la cartera ya que le había sonado la alarma al pasar, por lo que la mujer detiene su marcha y abre su cartera a la vista de la deponente, observando ésta en el interior del bolso había prendas de ropa las cuales poseían el distintivo de la tienda para la cual trabaja la deponente y se hallaban rotas”, abunda.
La defensa interpuso un pedido nulidad alegando que los particulares no se encuentran facultados a llevar a cabo una requisa “y menos aún a interrogar”, pues permitirlo “sería abrir inexorablemente las puertas a la justicia privada”.
“No es dable confundir la actividad cumplida en la emergencia por M (empleada). –que no da lugar a la instrumentación de acta alguna- con el ulterior secuestro practicado por la autoridad policial en el marco propio de sus funciones”, aclararon los camaristas Juan Esteban Cicciaro, Abel Bonorino Peró y Mauro Divito.
Además, resaltaron que la empleada “le manifestó a la encartada que exhibiera el interior de su cartera, de modo que siquiera ejecutó una requisa personal en los términos aludidos por la defensa”.
“Además, en ese contexto, reclamar la intervención de la policía o exigir que la actividad cuestionada fuera dispuesta mediante una orden judicial previa, resultaría directamente reñido con el sentido común, ya que cualquiera de ambas posibilidades sólo traería aparejado tornar ilusorios la ubicación de la sospechada y el recupero del botín”, añadieron.
“Las circunstancias fácticas expuestas demuestran que, en el caso, M. se encontraba habilitada a recuperar, aun de propia mano, los bienes desapoderados, sin perjuicio de que el hallazgo que surge de sus dichos se encuentre sujeto a la valoración que se formule de las pruebas acumuladas”, concluyeron.