04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Para Mazza sí, Servini de Cubría no

La Cámara Civil hizo lugar al pedido de una medida precautoria reclamada por la modelo Valeria Mazza para que su imagen sea sacada de los buscadores de Internet. Se trata de una decisión diferente a la tomada pocos días atrás por la Cámara Federal que revocó una medida similar solicitada por la jueza María Servini de Cubría. FALLO COMPLETO

 
La sala L de la Cámara Civil, compuesta por Marcela Pérez Pardo, José Luis Galmarini y Víctor Fernando Liberman decidió hacer lugar a un pedido de la modelo Valeria Mazza para que su imagen sea sacada de los buscadores más reconocidos de Internet.

La causa caratulada “Mazza, Valeria Raquel c/ Yahoo de Argentina S. R. L. y otro s/ medidas precautorias” fue iniciada por la modelo con la intención de “excluir a la Sra. Valeria Mazza de páginas de internet con contenido erótico, pornográfico o de servicios de acompañantes”.

Los magistrados entendieron que “la actora pretende que sea resguardada su imagen, persiguiendo de los buscadores demandados el cese del uso de su imagen y fotografía”.

Explicaron ante el reclamo de los demandados que “la pretensión principal de la actora está destinada a la reparación de los daños y perjuicios en razón de “haber procedido al uso comercial y no autorizado de su imagen” y al cese definitivo del uso antijurídico y no autorizado de la imagen”. Y agregó, “lo que determina que, contrariamente a lo sostenido por GOOGLE INC, la cautelar en examen no se identifica con el objeto de la demanda y puede ser admitida”.

La Cámara trato en particular la aceptación de la medida cautelar, no siendo así, con respecto del fondo de la cuestión. Interpretaron como “verosímil el derecho invocado”, y en consecuencia aceptaron la medida cautelar y desecharon los agravios de los demandantes.

En cambio, frente al pedido similar presentado por la jueza con competencia electoral Maria Servini de Cubría, la Cámara Civil y Comercial Federal, revocó la decisión favorable de primera instancia argumentando que como jueza federal, “sus actos en ejercicio de sus funciones despiertan interés en los medios de difusión y en la sociedad en general”. Citaron palabras de la Corte Suprema: “los funcionarios públicos se han expuesto voluntariamente a un mayor riesgo de sufrir perjuicio por noticias difamatorias”.

Los mismos jueces marcaron la diferenciación entre funcionarios públicos y modelos o artistas. Así explicaron “La situación de la jueza Servini de Cubría no es equiparable a la de artistas y modelos, cuya situación mereció una respuesta diferente de esta Sala, ante imágenes publicadas en Internet en las que, inclusive, sus nombres e imágenes eran empleados en sitios de contenido sexual” consignaron.



dju / dju
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