La defensa cuestionó que los únicos dicho que tuvo en cuenta el Tribunal para sentenciar, fueron los de la mamá de la menor damnificada.
Son embargo, los camaristas explicaron que “de los fragmentos más relevantes de la declaración de la víctima, sus dichos fueron sumamente precisos y además estuvieron acompañados por silencios, llantos y muestras de espontaneidad que convencieron al tribunal de que la menor había dicho la verdad”. Ello “permite vislumbrar una convicción sincera, apoyada en razones objetivas que permitieron razonablemente descartar que la víctima haya sido mendaz”.
“La defensora se ha limitado a criticar determinados elementos de prueba, tales como la declaración de la madre de la víctima, pero no ha centrado su análisis en los principales factores que incidieron en la motivación del tribunal de juicio”, refutaron. Y al respecto, los jueces destacaron que por más que la mamá de la menor “haya pretendido que sus vecinas mintieran a su favor en el juicio, ello por sí solo no determina la invalidez de todo lo que dijo la testigo y que se encuentra corroborado por hechos objetivos”.
Por otra parte, rechazaron el argumento dado por la defensa en cuanto a que se trató de una falsa denuncia con el fin de hacer que el acusado deje la vivienda.
“Los testigos que declararon en el debate y la propia víctima aseguraron que I. A. era una persona violenta y que solía golpear a su esposa y a sus hijos con zapatos, cinturones e inclusive con artefactos de cocina”. “Si el objetivo de la denunciante hubiese sido deshacerse del imputado, para ello le hubiese bastado con poner aquellos hechos en conocimiento de la Policía, sin necesidad de inventar un hecho tan grave y perjudicial para su hija, quien en aquel momento poseía tan sólo ocho años de edad”, aseguraron.
Por último, recordaron que la mamá sólo se limitó a “reproducir en el debate lo que le había comentado su hija, de manera que todo lo que se pudiera convenir, eventualmente, acerca de su propensión a mentir no reviste, en realidad, un carácter determinante, desde que no fueron los dichos de esta testigo, sino los de su propia hija, corroborados por la constatación de las lesiones que presentaba en la vagina, los que, en definitiva, sirvieron de sustento a la convicción del tribunal”.