20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Discriminación positiva

Más mujeres, menos impuestos

Una iniciativa presentada en la Cámara Baja propone premiar a los empresarios que contraten mujeres con una deducción de hasta el 50% en el impuesto a las ganancias. Así, busca promover el empleo para el género femenino. TEXTO COMPLETO

 
Un proyecto que ingresó en la Cámara de Diputados aspira a crear un Régimen de Promoción, por el lapso de tres años, para los empleadores que contraten a mujeres. La iniciativa, girada a las comisiones de Legislación del Trabajo, Familia y Presupuesto y Hacienda, prevé una deducción de hasta un 50 por ciento en el impuesto a las ganancias para quienes realicen tales contrataciones.

Tales beneficios se darán siempre y cuando el empleador otorgue trabajo a “mujeres desocupadas”. Entonces podrá “computar una deducción especial adicional en la determinación del Impuesto a las Ganancias equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las retribuciones correspondientes al personal femenino contratado bajo el presente régimen”.

Además, si la contratación produce un incremento neto en la nómina de trabajadores contratados por tiempo indeterminado, “gozará de una reducción de sus contribuciones a la Seguridad Social, en relación a cada nueva trabajadora que incremente la dotación”. Reducción que ronda el 33 por ciento correspondiente al personal femenino incluido.

Ahora bien, en cuanto a los despidos, la iniciativa plantea que no se podrán efectuar sin causa justa, por lo que si no se demuestra ello, se deberá pagar además de la indemnización por despido sin justa causa, “una indemnización equivalente a un año de remuneración, o sea, trece (13) salarios mensuales, ya que se adiciona el sueldo anual complementario”.

El proyecto, impulsado por la diputada María Araceli Carmona, tiene como principales objetivos, entre otros, alcanzar la plena y efectiva inserción laboral de la mujer y avanzar en la igualdad de oportunidades; inclinar la preferencia a contratar mujeres en las vacantes que se produzcan, hasta que queden equiparadas con las vacantes de los hombres, en las diferentes áreas y niveles jerárquicos; y corregir la desventaja de la mujer en el mercado laboral, incrementando la tendencia de incorporación de las mismas.

Cuyo basamento legal encuentra su fundamento en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas; y que cuenta con reconocimiento a través del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional.

Entre sus fundamentos el proyecto hace referencia a datos brindados por la Organización Internacional del Trabajo en un informe de principios de año en el que se advirtió que la crisis económica podría generar un aumento en el número de desempleadas. Lo que se podría expresar, a fines del 2009, en unas 22 millones de mujeres desempleadas en el mundo. Siendo, América Latina y el Caribe, las regiones con mayor perjuicio en este sentido.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486