18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024
Anticipo de DiarioJudicial

Quieren que los curadores tengan jerarquía de magistrados

Esta semana, la comisión de Justicia de la Cámara de Diputados tratará un proyecto para modificar el status de los curadores públicos. El reconocimiento se debe a que son los únicos que participan de todas las instancias procesales, tal como lo expresa la iniciativa. TEXTO COMPLETO

 
Esta semana, luego del feriado largo, la comisión de Justicia de la Cámara de Diputados tratará, según pudo saber DiarioJudicial.com, un proyecto que pretende modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público (N° 24.946) con el objetivo de reconocer “la jerarquía de Magistrados a los Curadores Públicos Oficiales existentes en el ámbito nacional y completar la nómina de sus funciones”.

La Curatela Pública se fundamenta en la responsabilidad social que el Estado debe asumir sin exclusión de ningún ciudadano por razones eugenésicas. El curador tiene como función “ejercer la representación del incapaz, y velar por mantener incólumes sus derechos, ejerciendo las acciones y defensas judiciales que fueran menester, cualquiera sea el fuero por ante el que deban presentarse”. Ello una vez dictada la sentencia que declara la incapacidad.

La iniciativa, presentada por el diputado José María Díaz Bancalari, sostiene que se le han incorporado al curador una serie de responsabilidades que exceden la del “tratamiento específico de las problemáticas atinentes a los enfermos mentales” que “ha sido relegado a un segundo plano frente al tratamiento y consagración de los derechos de otras minorías, en el caso, los enfermos mentales declarados incapaces jurídicamente”. Lo que favorece la consideración y tratamiento de los enfermos mentales como “objeto de protección, perdiendo de vista que son sujetos de derecho”

En este sentido, se busca reconocer a los curadores públicos la jerarquía de magistrados ya que son los únicos integrantes del Ministerio Público y del Poder Judicial que participan en todas las instancias procesales, así como en todos los fueros y en instancias administrativas, e incluso extrajudiciales.

“La naturaleza propia de la función -la defensa de los derechos de uno de los sectores más vulnerables de la población- requiere que estos operadores sean investidos con las garantías constituciones de la magistratura para llevar adelantes su delicado cometido con la suficiente seguridad jurídica” consigna el texto del proyecto.

El artículo 1 de la ley 24.946 establece “el principio de unidad de actuación debe entenderse sin perjuicio de la autonomía que corresponda como consecuencia de la especificidad de las funciones de los fiscales, defensores y tutores o curadores públicos, en razón de los diversos intereses que deben atender como tales”. Eso está en tela de juicio en el proyecto ya que se “omite esta pretendida igualdad al definir su equiparación jerárquica y remuneración”.

Según fuentes consultadas por Diariojudicial.com es muy probable que se elabore un dictamen positivo de la propuesta en la reunión de comisión del próximo martes, ya que cuenta con el apoyo de muchos de los integrantes de la comisión.



dju / dju
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