22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

«El que cumple la ley, lo hace porque no encontró la forma de violarla»

Jorge Luis Maiorano
Defensor del Asegurado, ex Ministro de Justicia y ex Defensor del Pueblo de la Nación

 

Ex Ministro de Justicia a comienzos de los noventa (1992-1994) y primer Defensor del Pueblo de la Nación (1994-1999), Jorge Luis Maiorano, recibió a Diariojudicial.com en su despacho de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS). Allí opinó sobre la futura elección del Ombudsman nacional, figura con la cual tiene un compromiso por ser el redactor del proyecto que le dio origen. También se refirió a los derechos desde un lado sociológico: “somos una sociedad esencialmente transgresora” porque “para los argentinos la ley es una sugerencia y el que la cumple, la cumple por que no encontró forma de violarla”. “Las declaraciones de derechos de la Constitución son perfectas, pero en la práctica, sociológicamente hablando, son catálogos de ilusiones” sentenció.

Teniendo en cuenta su desempeño como ministro de Justicia ¿Cómo ve el funcionamiento actual del Ministerio?

Son épocas distintas. Yo fui ministro de justicia por el año 92. No es solamente otro siglo sino otro contexto histórico. Era otro contenido que tenia el ministerio ya que en ese momento era solo de justicia. Ahora el ministerio tiene una responsabilidad y un contenido de competencias mayor y más amplio. Cada ministro en cualquier área le imprime al cargo que ocupa su propio perfil. Yo no voy a juzgar los perfiles de quienes me sucedieron desde esa época hasta ahora, porque incluso ya perdí la cuenta de cuantos fueron. No seguí la gestión de los ministros tanto como la de los defensores. Porque yo tenia un compromiso mayor con una figura a la que le dí nacimiento. Yo redacte el proyecto de ley en 1983 cuando era asesor del senador Eduardo Menem.

¿Qué opina con respecto al pedido de muchas organizaciones sociales para que haya más transparencia en la selección del Defensor del Pueblo?

Estoy totalmente de acuerdo, porque en aquel momento el proyecto que fue redactado en el 83 y fue aprobado en 1993, en otro contexto histórico, no se preveían mecanismos de participación ciudadana. Hoy, a la luz de lo que sucede en la Ciudad de Buenos Aires con la ley número 3 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad o de lo que sucede con la elección de los miembros de la Corte Suprema, donde los nombres propuestos son sujetos a un debate público. No es el caso del defensor, donde deberían producirse postulaciones de los candidatos. Como sucedió en la Ciudad de Buenos Aires luego de la reforma, en donde se prevé un mecanismo de participación con concursos de antecedentes, de oposición, para que de alguna manera, no sólo se transparente el proceso de selección sino que además se jerarquice el órgano de control. Si no se modifica la ley, es muy probable que el Gobierno proponga el candidato que sea más funcional. Mi compromiso con la figura es un compromiso que viene desde hace veintinueve años. Empecé a escribir sobre el tema a partir de 1980, y soy doctor en derecho con una tesis sobre el Ombudsman. En una época en donde hablar de ello era hablar de una figura extraña, lejana, ajena a nuestras costumbres, etc.

¿Cómo ve la situación actual del Ombudsman nacional?

Primero, el cargo está vacante porque mi sucesor fue reelecto. Hay una regla clásica que a mi me enseñaron mis maestros de Europa que dicen que un buen Ombudsman no es reelecto. Por que cuando uno es reelecto quiere decir que, o no fue tan independiente o resulta funcional a todos los gobiernos. Mi sucesor tuvo la suerte de ser reelecto, yo no hubiera querido tener esa suerte. Yo no fui reelecto precisamente porque acté con una independencia de la cual nadie puede quedar en duda. Porque cuando uno es un defensor funcional al Gobierno, al Gobierno le interesa seguir con ese defensor y lo reelige. Ahora el cargo está vacante, por eso el interés de las organizaciones sociales para que se modifique la ley antes del mes de diciembre, ya que allí quedaría formalmente vacante el cargo. Actualmente esta a cargo el adjunto primero, designado por Mondino, pero está cubriendo el cargo, no hay un titular.

Usted plantea que los derechos humanos deben tener una plena vigencia sociológica ¿Qué quiere decir con ello?

Con el paso de los años, cuando uno va tomando distancia de la vorágine en la que le tocó vivir en un momento de la vida, como soy profesor en varias universidades tengo la posibilidad de dialogar con mis alumnos. En algunos de esos diálogos lancé esa idea hace tres o cuatro años atrás. A nosotros nos han enseñado en la universidad algo clásico, los hombres pasan las instituciones quedan . Yo le he agregado algo, cómo quedan, depende de los hombres que pasaron . Quedarán jerarquizadas, devaluadas, fortalecidas o debilitadas. Con esto que quiero decir, el problema no es la institución, el problema es la persona que ejerce el cargo. La institución en sí no le hace mal o ni bien a nadie, el que le hace mal y bien es la persona. Otra cosa que siempre les digo a mis alumnos es la diferencia entre Estado y Gobierno. El Estado, más allá de que sea la sociedad jurídicamente organizada, y todas las decisiones que uno conoce; en la realidad yo no he visto al Estado ir al cine, ni lo encontré cenando. El Estado, como persona jurídica, es un ente ideal casi irreal. El problema es que el Gobierno es el que hace actuar al Estado. Cuando se dice, el Estado es el responsable, sí, pero este va a terminar siendo responsable porque quien lo hace responsable son los funcionarios, los gobernantes. Aquí no hay que perder el acento en la institución Estado, sino en la persona que ejerce esa función. Yo, para explicar este razonamiento utilizo el ejemplo del taxi. Allí tenemos un conductor, un pasajero y el taxi (como automotor). Aquí el Estado sería el taxi, el Gobierno sería el conductor y el pueblo sería el pasajero. Por lo que para que el pasajero llegue a destino en horario, sano y salvo y con un servicio correcto depende del conductor. Además en este razonamiento, ¿dónde ubicamos al defensor del pueblo?, como parte integrante del taxi. Yo te diría que sería el caño de escape, por donde escapan todas las impurezas. Porque al defensor le llegan las personas desesperanzadas, desilusionadas que no creen. Es parte integral del motor, del taxi, no del conductor. El defensor existe dentro del taxi aunque no haya conductor. No puede ser el conductor, porque sino sería el Gobierno; tampoco puede ser el acompañante, pues sería parte del Gobierno y no es pasajero, porque pasajero es el pueblo. Hay algo más que siempre digo a mis alumnos, y es que para los argentinos la ley es una sugerencia y el que la cumple, la cumple por que no encontró forma de violarla. Porque somos una sociedad esencialmente transgresora. ¿Por qué el plano normativo y el plano sociológico? Porque en el plano normativo, las declaraciones de derechos de la Constitución son perfectas, pero en la práctica, sociológicamente hablando, son catálogos de ilusiones. Un catálogo que tiene derecho a la vida, al seguridad social, al trabajo, a la vivienda, a la saludo; pero si volcamos eso a lo que pasa en la sociedad encontramos que hay una gran diferencia entre el derecho declarado y el derecho actuado. Yo creo que las declaraciones de derechos son, técnicamente hablando son perfectas, pero cuando se traslada a la realidad hay un gran divorcio entre el derecho normativo y el comportamiento de la sociedad.

¿Quién sería el culpable de las falencias de este derecho actuado?

Los gobernantes. El Estado no hace ni bien ni mal pues es el Gobierno quien lo actúa.

¿Y qué cuota de responsabilidad le corresponde a los otros poderes? Por ejemplo el Judicial.

Todos tienen responsabilidad. Tal vez yo hago referencia al Ejecutivo porque es sinónimo de Gobierno y es el que más interviene en la vida cotidiana de cada uno de nosotros. Pero tenemos la responsabilidad del Poder Legislativo, y obviamente, la responsabilidad del Poder Judicial como control último y órgano de resguardo de la Constitución y los derechos.

Siguiendo esta línea, también plantea que derecho que no se conoce es derecho que no se ejerce, y derecho que no se ejerce es derecho que se atrofia.

Esto significa que la gran falencia nuestra es la educación. Si vos le preguntas a cualquier persona en la calle si conoce cuáles son sus derechos como consumidor o si sabe los derechos que prevé el artículo 42 de la Constitución. Si no los conoce, cómo los va a ejercer y si no lo ejerce se atrofia. Es como un órgano, cuando tenés un yeso puesto ¿qué tenés que hacer una vez que te lo sacan? Kinesiología, si no se atrofia. Esto me lo enseñó la función, el oficio. Yo hablo del oficio del defensor del pueblo, que no es lo mismo, no es un cargo más.

¿Y en qué se basa el oficio del Defensor?

En la universidad no se aprende el oficio de carpintero, ni el de zapatero. Por eso hay que tener oficio, hay que saber manejar. No cualquiera puede ocupar un cargo de defensor del pueblo. Yo estoy repitiendo lo que me enseñaros mis maestros de Europa, los Ombudsman de las décadas de los 80’ y 90’, estamos hablando de instituciones que existen en esos países hace más de cincuenta o cien años, como es el caso de Suecia. Lo que yo advierto, es que la ley es una sugerencia, las normas están, sólo hace falta cumplirlas. ¿Se cumple acaso la normativa que prohíbe pintar los edificios públicos? Somos una sociedad trasgresora. Lamentablemente estamos en una sociedad donde si el ejemplo no viene de arriba porque las va a cumplir el ciudadano. Si los gobernantes no cumplen con sus propios deberes porque los van a cumplir los ciudadanos. Esta enseñanza es la que me dejó el oficio de defensor, porque uno se pone en contacto con lo más dolido de la sociedad, te das cuenta que una cosa es estar en el Gobierno y otra es estar en contacto con el ciudadano, que es ciudadano a la hora de votar y es un súbdito cuando ya no tiene que votar.

Debido a su función pública, tanto como Ministro de Justicia de la Nación o como Defensor del Pueblo ¿percibió algún tipo de “corporativismo judicial”?

Yo no lo llamaría corporativismo judicial. Lo que pasa es que el Poder Judicial es un complejo de órganos, desde la Corte Suprema, Casación, las Cámaras, los juzgados, donde tal vez la sociedad está esperando mucho. Esperando que cumpla roles que a lo mejor no son de ella. Por ejemplo el rol de oposición. El Poder Judicial está para preservar los derechos, entonces, cuando hay un grado de desconocimiento tan grande de los derechos, la responsabilidad del Poder Judicial es mucho mayor. Cuando hay tantas asimetriítas sociales, como es el caso de nuestro país, se aspira a que el Poder Judicial sea el último baluarte, la última instancia. Esto se puede advertir en materia de inseguridad, en los hechos de inseguridad que terminan en homicidios, cómo los medios de comunicación y la sociedad, están esperando una reparación del daño ocasionado por la pérdida de un integrante de la familia. El único que lo puede reparar es el Poder Judicial, es la confianza. Cuando se conoció la sentencia de quines mataron a Mata, la viuda decía por los medios que por más que el fiscal había pedido más años, para ella era suficiente porque veía que iban a pagar lo que habían hecho. Al haber sed de justicia, el Poder Judicial recibe una carga mayor.

¿Esta “carga mayor” como se refleja en la labor de los jueces?

La trascendencia de la labor de un juez en general no es la misma según el fuero que ocupe. Por ejemplo, generalmente los jueces del fuero comercial no están tan mediatizados, porque los intereses que están en juego en ese fuero no afectan colectivamente tanto, como puede ser los jueces penales que tiene que ver con la inseguridad. O los jueces federales que tienen que ver con los actos de gobierno, o la Corte Suprema que es el último guardián de la Constitución. No se puede dar una opinión general, lo que veo es que si bien el oficio del juez es el mismo y todos tienen la misma jerarquía, la trascendencia de la labor que realizan los jueces federales es mucho mayor que la que realizan los jueces penales por ejemplo. Lo que no quiere decir que sea más importante o no, sino tiene que ver con los valores que hay en juego.

¿Cómo vio el papel de la Corte durante este año?

Yo veo una Corte madura, muy jerarquizada, con jueces con un prestigio que no lo han ganado siendo jueces de la Corte, sino que han llegado al cargo con esa jerarquía y eso jerarquiza al mismo órgano. No es que ser jueces de la Corte los jerarquiza, sino que ya tenían prestigio antes. Y ha dados fallos muy importantes. Por ejemplo ha modificado sustancialmente la legitimación del Defensor del Pueblo. En la época que me tocó ejercer a mí el cargo, aquella Corte tenía una interpretación muy restrictiva de la legitimación del defensor. Afortunadamente, esta composición tiene una legitimación amplia del defensor. Después se encuentra el caso de la despenalización de la tenencia de marihuana. Yo creo que es un fallo que es inobjetable desde el punto de vista técnico jurídico, porque se basa en el artículo 19. El problema radica, no en lo que ha resuelto la Corte, que resolvió conforme a derecho, sino que yo pregunto ¿las autoridades han tomado las medidas adecuadas para darle una contención a la problemática de la droga? Si un chico se droga en el ámbito intimo de su domicilio y no perturba la a un tercero, pero por efecto de la droga comete algún acto delictivo o conduce en un estado de obnubilación, en que medida luego será responsable. ¿Qué institutos tiene el Estado para dar respuestas, contención a la problemática de la droga? Yo dudo que tenga establecimientos adecuados. Si no tiene establecimientos adecuados para tratar el problema de los menores que no son drogadictos, sino que solamente son menores delincuentes, yo creo que la estructura sanitaria tampoco está preparada para dar contención y cobertura a la problemática de la droga.

Actualmente usted trabaja como defensor del asegurado, ¿qué es esta figura?

Es el primer Ombudsman privado de la Argentina. Es una figura que creó la Asociación Argentina de Compañías de Seguros que es un árbitro que interviene en los conflictos que hay entre un asegurado y su compañía de seguros, porque o la compañía no le reconoce el seguro o se lo reconoce por una cuantía menor. El sistema funciona así, una vez que el asegurado agotó la instancia dentro de la propia compañía, y ésta no le da satisfacción a su reclamo, tiene la instancia del defensor del asegurado. Que recibe el reclamo, le da traslado a la compañía, a veces se soluciona ahí, o sino dentro de veinte días hábiles, el defensor adopta una decisión. Si esta es a favor del asegurado, y el asegurado la acepta, la compañía está obligada a cumplirla. Si es favorable a la compañía el asegurado puede continuar en instancia administrativa o judicial.

¿Este sistema, ha reducido los litigios judiciales en esta materia?

Ha crecido la cantidad de reclamos en un 87 por ciento (2008-2009) con respecto al primer año (2007-2008), y en ninguno de los casos en los que resolví a favor de las compañías, los asegurados judicializaron los caso. Yo creo que muchas veces las compañías niegan lo que el asegurado pretende en dos líneas y yo lo hago como si fuera una sentencia, tratando de hacer entender por dónde pasa mi decisión. Lo que se conoce en derecho administrativo la motivación de un acto administrativo.

Compartir



gustavo ahumada / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486