28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Donde hubo amor, peleas quedan

La Cámara Civil decretó el divorcio de una pareja por injurias graves de ambas partes. El tribunal sostuvo que varios testigos “dan cuenta en forma coincidente que el desquicio del matrimonio en los últimos años previos a la ruptura, se debió a la conducta de ambos cónyuges, observándose en forma recíproca falta de consideración, respeto y tolerancia”. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Fernando Posse Saguier, Ricardo Li Rosi y Hugo Molteni, integrantes de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en autos caratulados “D., R. A. c/ T, M. S. s/ divorcio”, confirmaron el fallo de primera instancia que decreto el divorcio del matrimonio por culpa de ambos a partir de la causal de injurias graves.

Los magistrados sostuvieron que la declaración de varios testigos “dan cuenta en forma coincidente que el desquicio del matrimonio en los últimos años previos a la ruptura, se debió a la conducta de ambos cónyuges, observándose en forma recíproca falta de consideración, respeto y tolerancia”.

El tribunal también se basó en una pericia psiquiátrica que “observó ansiedad controlada e ideas paranoides en el cónyuge, pero también rasgos histéricos y agresión contenida en la consorte”.

“Por lo que resulta probable que en el caso, aun sin una clara intencionalidad, ambas partes con su proceder fueron alterando la convivencia matrimonial, a punto tal de resultar imposible el mantenimiento de una armónica y respetuosa relación conyugal”, sostuvieron los camaristas.

El divorcio lo pidió el marido por considerar que su mujer había cometido injurias graves y abandono voluntario y malicioso del hogar. Además, le pidió una indemnización de 10 mil pesos por daño moral. Pero la mujer reconvino la demanda por señalar que su esposo cometió adulterio, abandono voluntario y malicioso del hogar e injurias graves.

Pero, tanto en primera instancia como en la Cámara, solo se aceptaron la causal de injurias graves cometidos por los dos integrantes de la pareja. Ambos criticaron ante la alzada las declaraciones de algunos testigos.

“En casos como el presente, resulta propicio recordar que en relación a la apreciación de la prueba, ha de adoptarse un criterio amplio pues, en general, los hechos que den lugar al divorcio ocurren en la intimidad del hogar, lo que, naturalmente, dificulta su prueba”, explicaron los jueces.

En ese marco, los testigos resultan clave. “se ha sostenido que en procesos de esta naturaleza, no obsta a la imparcialidad de los testigos, el parentesco, la amistad íntima con las partes y la relación de dependencia, las cuales no obstante deben ser examinadas conforme a las reglas de la sana crítica, desde que las personas más allegadas son quienes tienen mejor conocimiento de esos hechos y constituyen testigos necesarios”, sostuvieron.

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dju / dju
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