“Endurecer el régimen de excarcelaciones no nos llevará a vivir más seguros sino todo lo contrario. Sí podemos, en cambio, mejorar la situación mejorando el modo en que decidimos cuándo una persona sospechosa debe estar presa o no. Eso nos llevaría a usar la cárcel y la prisión preventiva de forma más inteligente y eficiente, lejos del abuso indiscriminado que tenemos hoy”, sostuvo el Instituto a través de un comunicado que lleva el título de “Reforma del Código Procesal Penal: hacer sin hacer”
La entidad calificó de “ley parche” la sanción y de “falsa” la premisa respecto a que se mejorará la situación de seguridad.
A mediados de marzo, el Senado aprobó 50 reformas al Código en las que se fijó otorgar las excarcelaciones como una medida excepcional y con el consentimiento del fiscal. Además, se estableció que esas decisiones pueden ser excarceladas. Ahora el tema debe ser analizado por la Cámara de Diputados para que los cambios se conviertan en ley.
Para el INECIP, en la provincia de Buenos Aires hay el doble de presos que hace 15 años y menos de uno de cada cinco internos es probadamente culpable por lo que consideró que eso solo lleva a una conclusión: “endurecer las excarcelaciones y la prisión preventiva (prisión antes del juicio) sólo aumentará esta terrible proporción, una de las peores del mundo”.
La ONG propuso que se trabaje en ampliar los alcances de las audiencias orales desde el comienzo del proceso ya que la experiencia demostró, según la entidad, que “es la mejor herramienta hoy disponible”.
Entre las ventajas citó que es el método más rápido; brinda mejor información a los jueces para decidir, porque escucha directamente a las partes; produce menos apelaciones que el procedimiento escrito; aumenta la posibilidad de acuerdos tempranos, por lo que más causas terminan antes; las víctimas participan y son oídas directamente por el juez, si lo desean.
El proyecto aprobado por el Senado incluye la oralidad en una audiencia de instancia previa al inicio del juicio con el objetivo de buscar un acuerdo para evitar el proceso.
El INECIP recordó que “todos los jueces de Garantías y de Cámara de la provincia y buena parte de los fiscales y defensores ya resuelven en audiencias los casos de flagrancia. Basta con extender el sistema a las excarcelaciones y prisiones preventivas, en forma obligatoria y no optativa ni a pedido de parte”.
“Creemos firmemente que toda decisión sobre libertad o prisión de personas acusadas de delitos debe tomarse en una audiencia oral y pública, sin excepción”, reclamó.