02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024
El joven conocido como el tirador de Belgrano

Martín Ríos, en el Borda pero sin sentencia

DiarioJudicial.com publica hoy el fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal que anuló la sentencia que había declarado inimputable a Martín Ríos en el marco del juicio por la muerte del joven Alfredo Marcenac y seis casos de tentativa de homicidio. Para los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 12 "no efectuó un análisis pormenorizado" de las pruebas. FALLO COMPLETO

 
La Cámara Nacional de Casación Penal anuló el fallo que había absuelto por inimputable a Martín Ríos, conocido como "El tirador serial de Belgrano", y ordenó realizar un nuevo juicio por el homicidio del joven Alfredo Marcenac.

De esta manera, Casación adhirió al ex fiscal general porteño Fabián Céliz, quien por este tema no había dado lugar al pedido de sobreseimiento de Ríos planteado por el fiscal Mariano Solessio. La Cámara resolvió que se debe realizar un nuevo juicio, pero con un tribunal distinto al que absolvió a Ríos, actualmente internado en el Hospital Neurosiquiátrico Borda.

La Sala III de la Cámara tomó la decisión por mayoría de dos votos contra uno. Los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci afirmaron que el Tribunal Oral en lo Criminal 12 "no efectuó un análisis pormenorizado" de las pruebas, mientras que la magistrada Ángela Ledesma coincidió con la sentencia absolutoria.

Como consecuencia, se apartó al tribunal oral que realizó el debate y se ordenó que se sortee uno nuevo, por entender que los jueces no tomaron en cuenta las pericias que indicaban que el acusado era un "simulador" y porque hubo "graves defectos" en la valoración de la prueba.

El camarista Eduardo Riggi sostuvo que el tribunal oral que juzgó a Ríos "no efectuó un análisis pormenorizado de numerosas constancias obrantes en el legajo de salud del imputado".

Riggi mencionó un informe efectuado del 17 de julio de 2006 en donde se sostiene que "no se han detectado en el curso del examen trastornos de sus percepciones y no se hicieron evidentes fenómenos alucinatorios".

En el texto del fallo se cita otro estudio del 2 de agosto del mismo año en el que se mencionó que Ríos “se encuentra orientado en tiempo y espacio” y se muestra “colaborador” en sus actividades diarias y no así cuando es entrevistado por profesionales, momento en el que “cambia rotundamente su actitud, abstrayéndose en forma completa”. "En suma, advertimos graves defectos en la valoración de la prueba con relevancia decisiva para dirimir la controversia planteada, que invalidan a la sentencia",dijeron los jueces que conformaron la mayoría.

La Cámara de Casación también criticó a los padres de Ríos y los calificó de "irresponsables" por permitirle a su hijo la tenencia de armas y la práctica de tiro cuando tenía antecedentes de consumo de estupefacientes.

Cuando Ríos fue internado en el Borda, poco después se hizo un informe que detallaba que dialogó 45 minutos con su abogado defensor y habló 20 minutos por teléfono con su familia. Sin embargo, al concurrir una psiquiatra y un psicólogo se mostró “poco comunicativo” y no respondió a las preguntas que le hicieron, especialmente aquellas que lo pudieran comprometer.

El hecho ocurrió el 6 de julio de 2006 en Cabildo al 1700, cuando el imputado disparó al menos 9 veces con su pistola y causó la muerte del joven Alfredo Marcenac, además de herir a otras seis personas.

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dju / dju
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