Según informó la entidad catalanista Òmnium Cultural en un comunicado, la Audiencia Provincial admitió el recurso presentado por la defensa del policía y lo absolvió respecto de la acusación de coacciones leves, motivo por el cual lo había condenado el Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona.
En septiembre de 2009, una catalana de origen peruano, denunció que el día 11 de ese mismo mes fue a la dependencia policial de Padre Claret para renovar el DNI de su hijo de cuatro años y, después de expresarse en catalán, terminó siendo denunciada por desobediencia.
Durante el juicio, tres testigos declararon que un policía maltrató con agresividad a la mujer, tanto por hacer uso de su teléfono móvil dentro de la comisaría como por hablar en catalán al agente. Éste, por su parte, afirmó que la denunciante adoptó una actitud provocadora.
En la sentencia, el juez no hacía referencia a los reproches que la denunciante aseguró haber recibido en la comisaría, pero condenaba al agente por considerar que se “extralimitó en sus funciones cuando la retuvo por el brazo en el transcurso de la discusión”.
El 24 de febrero pasado, el policía fue condenado por coacciones leves a pagar 70 euros. El juez no se pronunció sobre el conflicto lingüístico que causó la denuncia contra el agente.
Ahora, la Audiencia Provincial revocó la sentencia del juzgado de instrucción y absolvió al policía, después de que la defensa del agente presentara un recurso de amparo contra la sentencia.
Por su parte, la entidad Òmnium Cultural enviará al Delegado del Gobierno en Cataluña una copia de la sentencia para recordar que todavía hoy en día "hay casos de discriminación lingüística por parte de las autoridades policiales".