20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Debate de proyectos

No todo es el 82% móvil para los jubilados

La Comisión de Trabajo del Senado continúa discutiendo diferentes iniciativas. Entre ellas, se analiza una reducción de la jornada laboral, la obligatoriedad del descanso los fines de semana, y la creación de un Régimen de Equiparación de las Asignaciones Familiares.

 
La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado sigue trabajando sobre varios proyectos que atañen a trabajadores y jubilados del país, en particular a través de modificaciones a la ley 20.744. Las modificaciones previsionales previstas se relacionan con las horas de trabajo y con las asignaciones familiares.

Descanso del trabajador. Los senadores justicialistas Carlos Verna (La Pampa) y Graciela Agustina Di Perna (Chubut) presentaron un proyecto de ley con el que buscan modificar la Ley de Contrato de Trabajo (Nº 20744), respecto del descanso semanal en días sábados y domingos.

Los legisladores expresaron, en el expediente 1217/10, que pretenden “privilegiar el descanso semanal en días sábados y domingos, respetando los hábitos de la vida familiar en relación a su inserción social, recreativa y religiosa”. Previamente, reconocieron la existencia de iniciativas previas similares provenientes de la Cámara de Diputados, pero indicaron que éstas “no mostraron avances que permitan visualizar una aprobación”.

Verna y Di Perna proponen modificar el artículo 204 de la mencionada ley con una mención a la “prohibición de la ocupación del trabajador desde las trece horas del día sábado hasta las veinticuatro horas del día domingo, salvo los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones prevean, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente, de goce íntegro y continuado entre las trece horas y las veinticuatro horas del día siguiente".

Asimismo, establece una alteración en el artículo 207 a través del cual impone al empleador la obligación de “otorgar el franco compensatorio en la semana siguiente, con las modalidades dispuestas en el artículo 204”, sin perjuicio de abonar el día extra trabajado “con un recargo del 100 por ciento”.

Incompatibilidades en Seguridad Social. Por su parte, los senadores radicales Luis Carlos Petcoff Naidenoff (Formosa), Emilio Alberto Rached (Santiago del Estero) y Arturo Vera (Entre Ríos) presentaron un proyecto con el que se crearía el “Régimen de Equiparación de las Asignaciones Familiares con alcance Nacional”.

Plantean extender el alcance de las asignaciones familiares a la totalidad de los empleados del sector público municipal y provincial, y a los jubilados de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por medio de “mecanismos de trasferencias que generen un mayor poder adquisitivo a estos sectores”, explican en los fundamentos de la iniciativa registrada bajo el número de expediente 3329/09.

En su artículo 1º, el texto original establece: “Créase el régimen de equiparación de los beneficios de los regímenes de asignaciones familiares de todos los trabajadores estatales y jubilados de la República Argentina con los beneficios otorgados por la Ley 24.714 y sus modificatorias”.

La equiparación de las prestaciones alcanzaría a los ocho beneficios establecidos y detallados en el artículo 6º de la Ley 24.714. Dichas asignaciones son por: hijo, discapacidad, prenatal, educación, maternidad, nacimiento, adopción, y matrimonio. Además se consigna que dicha equiparación de asignaciones familiares serían financiadas “en un ciento por ciento por el Fondo Federal Solidario creado por el Decreto Nacional Nº 206/2009”.

Reducción de la jornada laboral. Otra de las iniciativas que debate la Comisión de Trabajo es la del diputado Héctor Recalde cuyo proyecto ya fue aprobado por Diputados y ahora es revisado por el Senado. La iniciativa modifica el artículo 198 de la ley 20.744. La nueva redacción impide la reducción de la jornada laboral sin causas extremas o relacionadas con el rubro del empleo.

El nuevo artículo citado en el expediente CD-16/10 expresa: "La reducción de la jornada máxima legal solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o convenios colectivos de trabajo".

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dju / dju
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