01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Santa Fe: proponen rotación de jueces en causas penales contra menores

El proyecto fue presentado por los cuatro jueces de menores, pero la Defensora de Cámara, Marcela de Luca, presentó algunas objeciones. La iniciativa apunta a evitar que un mismo magistrado investigue, garantice y dicte sentencia.

 
Los cuatro magistrados a cargo de los Juzgados de Menores de Rosario ante la Cámara Penal plantearon ante la Corte Suprema de Justicia de la Santa Fe la inquietud acerca de que un mismo juez lleve adelante el proceso y resuelva la situación de un menor. Ante este cuadro, los magistrados presentaron un proyecto de ley.

Los menores de edad punibles, es decir entre 16 y 18 años, que están acusados de cometer un hecho delictivo caen bajo la órbita de los juzgados de menores. Estos jueces se encargan de llevar adelante un procedimiento especial regulado por el Código Procesal de Menores, que tiene distintas etapas, un tratamiento tutelar, la investigación del ilícito, la resolución de la causa.

En el proyecto, los jueces solicitaron la rotación de los juzgados a los efectos del dictado de la sentencia, basados en el respeto al principio de imparcialidad.

Por su parte, la Defensora de Cámaras, Marcela de Luca, se mostró cauta: “Hay que ver como funciona, que el juez que entiende en la causa es el que más conoce al menor, y de lo que se trata es de tener en cuenta el interés superior del niño”, sostuvo.

Y agregó que el régimen que se aplica al menor no es totalmente igual al del mayor. “Acá el juez tiene la posibilidad de no aplicar pena. La aplicación de la responsabilidad del menor no es lo mismo que la aplicación de la pena como en el caso del mayor”, dijo.

La propuesta está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, que ya solicitó la opinión de las cinco Cámaras Penales de Santa Fe.

Las salas de Rosario, a través de un acuerdo, emitieron una opinión favorable al proyecto y solicitaron que en caso de implementarse la rotación de los magistrados se defina “en qué etapa procesal debe producirse el desplazamiento de la competencia de un tribunal por otro”. Este planteo se debe a las diferentes posturas que tomaron las salas rosarinas al tratar casos puntuales donde se había recusado al juez por esa cuestión: algunos camaristas consideraron que el momento propicio es cuando el fiscal solicita que la causa pase a juicio y otros opinan que el juez que previno debe seguir durante todo el proceso hasta que el magistrado esté en condiciones de dictar sentencia, explicaron fuentes judiciales.

Finalmente, sólo resta que la Corte, con las opiniones de todas las Cámaras penales de la provincia, emita su decisión.

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dju / dju
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