La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que modifica la ley contra actos discriminatorios y el Código Penal, incorporando la discriminación por identidad de género y orientación sexual. Los detalles de las normas sancionadas. Además, sancionó distintos proyectos para crear Tribunales Orales, defensorías públicas y secretarías en Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta.
El matrimonio igualitario fue el primer paso para una serie de reconocimientos legislativos de derechos que vendrán en busca de la igualdad que establece la Constitución Nacional. En este sentido, la Cámara de Diputados dio media sanción esta semana a un proyecto que modifica la ley contra actos discriminatorios y el Código Penal, incorporando la discriminación por identidad de género y orientación sexual.
Por otra parte, también aprobó de manera definitiva la creación de de Tribunales Orales, defensorías públicas y secretarías en Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta Asimismo.
En cuanto a las modificaciones a la ley contra actos discriminatorios Nº 23.592 (aprobado por 187 votos afirmativos y 6 abstenciones) se incorpora en el artículo 1 como pretextos discriminatorios al “género”, la “identidad de género o su expresión” y la “orientación sexual”. Asimismo en su artículo 2 se legitima “para interponer acción de amparo” al Defensor del Pueblo y los organismos del Estado con competencia específica en cada caso, así como las asociaciones “que propendan a la defensa de los derechos humanos, la eliminación de toda forma de discriminación o la promoción de los derechos de las personas discriminadas”.
Igualmente se sostiene que “cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas, los jueces podrán de oficio o a petición de parte adoptar las medidas provisorias necesarias para salvaguardar el derecho o garantía amenazada o conculcada”. “Se presume cierto, salvo prueba en contrario, el daño moral ocasionado, sin perjuicio de cualquier otra indemnización que pudiere corresponder”, consigna el texto con media sanción.
En cuanto a la modificación del Código Penal, se incorporan los artículos 108 bis, 108 ter, 108 quáter y 108 quinquies. Donde se eleva “en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal” los delitos por “persecución u odio motivado en razones de color, etnia, nacionalidad, lengua o idioma, religión, ideología, opinión política o gremial, género, identidad de género o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, responsabilidad familiar, trabajo u ocupación, caracteres físicos, capacidad psicofísica, condición de salud, perfil genético, posición económica o condición social”. Las penas van de un mes a tres años de prisión dependiendo las características del acto discriminatorio.
Por otra parte, los diputados convirtieron en ley, por 187 votos a favor, 2 en contra y una abstención, la creación de Tribunales Orales, defensorías públicas y secretarías en Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta Asimismo.
Con respecto a los Tribunales Orales, se crearon los TOF números 7 y 8 de Capital Federal, el TOF 3 de Córdoba, el TOF 3 de La Plata, el TOF 3 de Rosario, y el TOF 2 de Salta - el actual TOF de Salta se denominará N° 1-. Además se crearon 6 fiscalías generales y 6 defensorías públicas oficiales para que actúen en cada uno de los tribunales.
Según lo expresó el diputado Ricardo Gil Lavedra (UCR) durante la sesión, estos tribunales “en su momento fueron solicitados tanto por la Corte Suprema como por el Consejo de la Magistratura para solucionar los inconvenientes ocasionados por la sobrecarga de trabajo que se ha debido afrontar a partir de los juicios de lesa humanidad” ya que “en determinados lugares los tribunales orales prácticamente no tienen posibilidades de funcionar”.