El camarista federal de Mendoza Julio Demetrio Petra Fernández aseguró que no se excusó de intervenir en causas contra represores porque adscribe a la tesis restrictiva en materia de recusaciones y excusaciones. El juez mendocino, que este jueves presentó un descargo por escrito, fue uno de los que firmó el fallo que hizo lugar al apartamiento del juez Walter Bento en la causa que tenía como acusados a los camaristas Otilio Romano y Luis Miret.
El camarista federal mendocino Julio Demetrio Petra Fernández pidió mediante un escrito presentado este jueves ante el Consejo de la Magistratura, al que accedio DiarioJudicial.com, que se hiciera lugar a la desestimación de la denuncia formulada en su contra por los abogados Alfredo Guevara Escayola, Pablo Salinas, Carlos Varela Álvarez, Viviana Beigel y Rodolfo Yanzón. Petra sostuvo que se enrolaba en la “tesis restrictiva” en relación con las causales de excusación y recusación al buscar un fundamento para explicar los motivos por los cuales no se excusó de intervenir en causas contra represores.
Petra citó un escrito del ministro de la Corte Eugenio Zaffaroni y los abogados Alejandro Alagia y Alejandro Slokar que postulan “como derivado fundamental del principio de legalidad, el de máxima taxatividad legal e interpretativa, con arreglo al cual lo que denominan el proceso de criminalización primaria no sólo debe ser formalizado en la ley sino que la misma debe hacerse en forma taxativa y con la mayor precisión técnica posible”.
Al explicar por qué sustentaba la "tesis restrictiva" en lo que hace a la excusación y a la recusación, dijo que "aceptar la tesis amplia en relación a las causales de recusación afectaría seriamente el orden que debe caracterizar a la administración de justicia en materia penal"
Petra fue denunciado por no apartarse para resolver en la causa “Llerena” pese a que cuestionó públicamente al Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y al fiscal Jorge Auat, a cargo de la UFI que está encargada de seguir los juicios por los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado de la Procuración. El camarista aseguró en su descargo que incluso pidió el juicio político para Auat, que fue desestimado por el Procurador General Esteban Righi. Los organismos también lo cuestionaron por designar como conjuez a Enrique Sosa Arditi.
Entre sus argumentos, el vocal de la Sala A de la Cámara Federal mendocina dijo que su intervención “en los procesos por delitos de lesa humanidad en el ámbito de la Cámara Federal de Mendoza es anterior a todas y cada una de las denuncias de pedido de separación del cargo que obran” en su contra y detalló fechas y sentencias.
Añadió que los denunciantes “están de alguna manera sorprendiendo la buena fe” de los consejeros de la Magistratura “porque a ellos mismos les consta que la original radicación de las causas principales” en el tribunal mendocino “es anterior a la primera de las denuncias que persiguen” su destitución.
En relación con los dichos sobre Auat, indicó que como presidente, en ese momento, de la Cámara Federal de Mendoza se vio “ante el imperativo” de señalar que lo expuesto por el fiscal “resultaba absolutamente antojadizo e infundado” y que la circunstancia de que Auat hubiera ido a la prensa “a verter ese tipo de consideraciones sobre” los jueces cuyanos “constituía una grave falta de delicadeza y decoro (…)”.
Petra tiene otras causas ante el Consejo. Una es por la liberación sin razón de Osvaldo Martel, torturador de la jueza de Garantías de San Juan Margarita Camus mientras estuvo detenida en el penal de Chimbas, a partir del 25 de noviembre de 1976. Otra es por haber liberado a represores masivamente en tierra cuyana. Ese fallo lo suscribió junto con Carlos Pereyra González, quien renunció cuando un Tribunal Oral puntano lo denunció por encubrir torturas siendo secretario
Actualmente Petra Fernández es vocal de la Sala A de la Cámara Federal de Mendoza, que integra junto a Otilio Romano (presidente) y Alfredo López Cuitiño (vicepresidente). Entre los últimos fallos que suscribió y que tomaron trascendencia pública figura uno dictado en marzo que confirmó la medida cautelar que había dictado la jueza Olga Pura Arrabal que frenaba la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y más recientemente -este martes- una sentencia que apartó al juez Walter Bento de la investigación contra los jueces Romano y Luis Miret, suspendido por el Consejo de la Magistratura y enviado a juicio político. Con esta presentación, los consejeros deberán resolver si enviarlo a juicio político o desestimar la denuncia en su contra.