20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Privaciones ilegítimas de la libertad a menores

Con olor a estigmatización

La Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad ordenó al Gobierno de la Ciudad a que cese “de inmediato” la práctica de mantener internados en instituciones psiquiátricas a niños, niñas y adolescentes con alta médica. Tildó esta práctica “manifiestamente ilegítima”.

 

Marcelo Bartumei Romero, titular del juzgado de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 11 de la Ciudad, hizo lugar a un hábeas corpus colectivo presentado por el asesor tutelar de ese fuero, Carlos Bigalli, declarando “manifiestamente ilegítima” la práctica de mantener la internación de niños, niñas y adolescentes que cuenten con alta médica en los hospitales psiquiátricos Tobar García y Torcuato de Alvear.

En la causa, el asesor tutelar presento poco más de 40 casos en los que el accionar del Gobierno de la Ciudad utilizaba esta práctica de privación ilegitima de la libertad. El magistrado sostuvo que “la cantidad de casos, más de cuarenta, pone en evidencia que no fueron sucesos excepcionales sino producto de una práctica arraigada”.

Es por ello que consideró que “constituye práctica habitual, en los nosocomios referidos, mantener internados a los pacientes en situación de vulnerabilidad social, aún después de que hubiera sido decidida el alta médica por parte del equipo profesional tratante y de la disposición de cese de la internación del magistrado interviniente”.

Cabe recordar que los niños ingresados en estas instituciones no lo hicieron por sus propios medios, sino en razón de internaciones involuntarias. Para el magistrado porteño "al seguir esta práctica, el estado local prolonga las internaciones involuntarias, configurativas de privaciones de la libertad, sin razón médica alguna (aspecto material) y sin autorización judicial (aspecto formal), de modo ilegítimo (ausencia de recaudo de legalidad), circunstancia que hace innecesario avanzar sobre la falta de arbitrariedad que se exige aún respecto de las privaciones de libertad legales”.

Todo ello llevó al juez a hacer lugar al hábeas corpus colectivo presentado y disponer la proscripción de la práctica, ya que ésta “da lugar a situaciones constitutivas de privaciones ilegítimas de la libertad”, y ordenó, además, al jefe de Gobierno, Mauricio Macri, a que “disponga lo necesario para hacerla cesar de inmediato”.

La Asesora General Tutelar, Laura Musa, sostuvo que la decisión del juez “implica el final de una práctica ilegal y obliga a tomar en serio los derechos de las personas con afección en su salud mental”.

 



dju

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