20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

En el cuento del tío, el tío terminó procesado

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de una persona que subalquiló un inmueble haciéndose pasar por titular del mismo y cobrando por adelantado el alquiler.

 

La sala V de la Cámara del Crimen, integrada por Mirta López González y Rodolfo Pociello Argerich (María Laura Garrigós de Rébori, quien también integra el tribunal no firmó ya que se encontraba subrogando el TOF N° 2) confirmó el procesamiento de una persona que aparentando ser propietario de un departamento lo subalquiló.

Se trata de la causa “K. del G., B. M. y otros s/estafa”, en la que en junio del 2006 una persona se presentó como titular de un inmueble mostró a potenciales inquilinos y lo alquiló a una persona “percibiendo el canon locativo por adelantado, procurándose así un lucro indebido en desmedro del patrimonio del querellante”.

Los camaristas sostuvieron en la causa que “más allá de que no consignó su firma en el contrato de locación”, se presentó ante el damnificado “simulando tener derechos sobre el inmueble ajeno”.

En ese marco, “obró al momento de mostrarlo a potenciales locatarios, manteniendo las negociaciones respecto al valor del alquiler” e inclusive participando el día que se celebró el acto jurídico, y presentando a otra persona como locadora del departamento con facultades para sub-locarlo.

Con todo ello, los camaristas decidieron confirmar el procesamiento de la persona, como coautora del delito de defraudación por estelionato.

Según lo establece el Código Penal, la persona procesada podría ser reprimido con prisión de un mes a seis años. Ya que tal y como lo establece el artículo 173 la pena, establecida en el 172, le cabe a “el que vendiere o gravare como bienes libres, los que fueren litigiosos o estuvieren embargados o gravados; y el que vendiere, gravare o arrendare como propios, bienes ajenos”.

 



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