20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

De Remate.Cort

La Corte Suprema aprobó el Reglamento para el funcionamiento de la Oficina de Subastas Judiciales que funcionará en la Corporación de Rematadores Inmobiliarios.

 
La Corte Suprema de Justicia aprobó el Reglamento para el funcionamiento de la Oficina de Subastas Judiciales que funcionará transitoriamente en la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios.

En dicha oficina de Subastas Judiciales se llevarán a cabo todas las subastas de inmuebles, muebles, derechos, valores mobiliarios y semovientes ordenados por los magistrados en la capital federal, en su sede de Teniente General Juan Domingo Perón 1233.

Según lo consigna la acordada 24, con fecha 10 de octubre, el edificio y las salas de remate de la Corporación permanecerán abiertas para su utilización todos los días hábiles desde las 8.00 hasta las 16.00, "pero su cierre estará sujeto a la finalización de todas las subastas fijadas para el día".

El reglamento comenzó a regir a partir de ayer y se dio comunicación a la Cámara de Apelaciones. "La Oficina de Subastas Judiciales llevará un libro de registro de las subastas en el que dejará constancia de la comunicación, la asignación del turno y el resultado del remate con los datos del martillero interviniente y el comprador", señala el Reglamento en su quinto punto.Asimismo, señala que "el jefe de la Oficina de Subastas Judiciales tendrá la dirección del personal policial permanente destacado en el edificio, que colaborará en la adopción de las medidas necesarias para el libre acceso de los interesados que asistan a las subastas y asegurar su normal desarrollo. Para ello el mencionado funcionario o quien éste designe podrá hacer retirar a toda persona que con su proceder altere el necesario orden para el cumplimiento de esos actos".

En tal sentido, el apartado siguiente explica que "finalizado el remate, si la persona que realizó la última oferta intenta retirarse sin su previa identificación, podrá impedírselo hasta tanto acredite entidad y, de no integrar la totalidad de los importes correspondientes al acto -seña, comisión y arancel-, el martillero o el Jefe de la Oficina deberá formular la denuncia penal correspondiente".

La creación de la Oficina de Subastas judiciales fue resuelta mediante la acordada 10/99, y la misma dependerá de la Administración General del máximo tribunal.



dju / dju
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