Es por una reforma en 160 artículos de del Código en lo que refiere al tráfico de drogas y otros delitos. La mayoría de las personas liberadas eran "mulas". También salieron de prisión hay muchos condenados por venta callejera.
Cerca de 408 personas fueron liberadas de las cácerles españolas luego del primer día de aplicación de las reformas al Código Penal en materia de narcotráfico. La reforma, aprobada por la ley orgánica 5/2010 de junio de este año modifica cerca de 160 artículos.
La nueva reforma legal, que introduce cambios en materia de delitos contra la salud pública, contra la seguridad vial y el top manta (delitos contra la propiedad intelectual). En concreto, tipifica once nuevos delitos, endurece las penas por terrorismo, pederastia y corrupción económica, y establece una mayor proporcionalidad entre delito y pena en el caso de las transgresiones menores.
Por ejemplo, se tipifican nuevas formas de criminalidad, incluyendo las derivadas de las nuevas tecnologías, el acoso laboral e inmobiliario, el tráfico ilegal de órganos, la piratería aérea o naval, y en los casos de corrupción se amplía a supuestos entre particulares -los sobornos en el deporte-, incluso las empresas podrán tener responsabilidad penal, que podrá provocar su disolución.
En cuanto al narcotráfico, este era castigado con penas de tres a nueve años, ahora se rebaja el máximo hasta los seis años con el objetivo de reforzar el principio de proporcionalidad de la pena y se reduce la condena para los tipos agravados del tráfico de estupefacientes, antes castigados con entre nueve y 13 años de cárcel y a partir de ahora de seis a nueve, lo que afectará principalmente a las "mulas".
Sólo en Sevilla, por ejemplo, los jueces y fiscales están revisando más de 4.000 sentencias, en su mayor parte de delitos de narcotráfico y también contra la seguridad vial.
En materia vial la gran novedad de la reforma es la incoporporación de la posibilidad del decomiso del vehículo en el caso de ciertas infracciones de tráfico, como ser, la conducción temeraria, bajo los efectos del alcohol, el exceso de velocidad y el homicidio. Ello ya que a partir de ahora, el vehículo es considerado "un instrumento del delito" en virtud del artículo 385 bis del nuevo código.
Incluso, los fiscales podrán solicitar, como medida cautelar, que los coches sean decomisados al inicio del procedimiento judicial (sin esperar la sentencia) y puedan "para fines sociales", o que sea entregado sus víctimas para que estas hagan lo que quieran con él.