20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los delitos de corrupción, en camino al Código Penal

A pedido de la Oficina Anticorrupción, Andrés D´Alessio está elaborando un proyecto para adaptar a la legislación interna la normativa que establece la Convención Interamericana contra la Corrupción.

 
La Oficina Anticorrupción comenzó un intenso trabajo para adaptar la legislación nacional a la normativa que establece la Convención Interamericana contra la Corrupción, y con ese fin contrató como Consultor Nacional al penalista y decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Andrés D´Alessio, que elaboró un informe del estado de implementación de ese tratado en el Código Penal, y las posibilidades de la tipificación delictiva de los actos de corrupción.

En el organismo que encabeza José Massoni, están ahora esperando un informe final que está elaborando el mismo D´Alessio, en el que imprimirá sus conclusiones luego del “Taller de Apoyo a la Ratificación e Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción”, que se realizó entre el martes y el miércoles, organizado por la OA y financiado por la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

A partir de lo que produzca el ex camarista que juzgó a las Juntas Militares en 1985, la Oficina Anticorrupción comenzará a trabajar en un proyecto de ley para ordenar la legislación de todas las materias –excede el derecho penal- que hagan a la lucha contra la corrupción.

Sin embargo, desde la Oficina Anticorrupción aseguraron a Diariojudicial.com que en materia penal “Argentina tiene los deberes muy adelantados” y que sólo hacen falta “cuestiones de maquillaje más que de fondo”. Un aporte de trascendencia para llegar a esta instancia fue la sanción de la Ley de ética en el ejercicio de la función pública (25.188), que reformó varios artículos del Código Penal.

Los talleres para implementar la Convención se están comenzando a realizar en todos los Estados parte en el tratado, y ya fueron de la partida Chile y Panamá. El objetivo es que la normativa hacia la que se obligaran internacionalmente los países, no quede sólo en el papel, sino que sea una realidad, al tener su reglamentación interna.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486