20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Una relación que no fue tal

La Cámara de Casación confirmó una condena de 14 años por “abuso sexual” a un hombre que argumentaba en su favor que había sido una relación “consentida”.

 

La sala III de la Cámara de Casación, integrada por Ángela Ledesma, Liliana Catucci y Gustavo Mitchell, confirmó una sentencia que condenó a 14 años de prisión a un hombre que violó a una mujer.

Se trata de la causa “León Garay, Pedro Ramón s/ recurso de casación”, en la que se condenó por “abuso sexual con acceso carnal en concurso real con robo agravado por haberse cometido mediante escalamiento”. Ello, más allá de que el condenado aseguraba que había mantenido un contacto sexual “consentido” con la mujer que lo denunció.

La condena recayó sobre Pedro Ramón León Garay a raíz de un episodio que ocurrió en septiembre del 2008, cuando el condenado, según consta en la causa, habría trepado por las paredes de un edificio de la calle Pico al 2300 para ingresar a un departamento en el que “abusó sexualmente mediante acceso vaginal de su propietaria, quien en esas circunstancias se hallaba durmiendo”.

Garay, sostenía que había conocido a la denunciante en el bar “La Perla” de Once, y tras salir varias veces ésta lo invitó a su departamento, mantuvieron relaciones sexuales y se marchó. “Ella quería que se quede pero él tenía que viajar a La Plata, a la Unidad 8 y por eso ella se quedó ofuscada”, consigna la causa.

Además de ello, la defensa sostenía que ante la inexistencia de lesiones genitales y traumatismos externos visibles en la víctima, lo que descartaba “haber sido maniatada con un cinturón”. “Era inexplicable que la damnificada no hubiese gritado pidiendo ayuda, no corriera a buscar a sus vecinos inmediatamente después de la supuesta violación ni hubiera podido individualizar a quien la socorrió”, agregó.

Sin embargo, los camaristas dijeron: “quedó acreditado que para ingresar al departamento de la damnificada, León Garay efectuó un esfuerzo al ascender desde el patio existente en el primer piso hasta el balcón de la víctima ubicado en el segundo piso, e ingresar por la puerta ventana allí ubicada al cuarto donde ella dormía”. Y recordaron que sobre el condenado pesan investigaciones por “cuatro eventos anteriores”.

 



dju

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