28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

De eso no se habla

Un informe de la Procuración General de la Nación da cuenta que la oralidad en los planteos recursivos no fueron totalmente incorporados en "todos los órganos judiciales" del fuero penal. Falta de infraestructura y tradición de los tribunales son los principales obstáculos.

 

La Procuración General de la Nación determinó que la implementación de la oralidad en la etapa recursiva de los procesos penales es muy baja, y no se da cumplimiento a lo establecido por la ley 26.3741 la cual introdujo, desde agosto de 2008 dicha metodología de manera obligatoria por recursos ante las Cámaras de Apelaciones y de Casación Penal.

Según el organismo, la implementación de la oralidad es bajo, y a raíz de un relevamiento concluyó que de los 19 órganos judiciales sólo se implementó en forma total en la cuarta parte, en cinco cámaras.

Los principales obstáculos para no aplicar la oralidad es falta de infraestructura suficiente, y la dificultad en cambiar las prácticas judiciales, en particular en lo atinente a la oralización de los planteos y resolución de casos.

En el estudio, realizado por la Secretaría General de Coordinación Institucional, se aclaró que en aquellos casos en los que se implementó totalmente la reforma y la oralidad en los planteos recursivos, se comprobó empíricamente la reducción de tiempos en la sustanciación de los recursos.

De todos los tribunales del país, donde la Procuración General advirtió que la oralidad es aplicada en forma total, es en las fiscalías Generales N° 1, 2 y 3 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad, y en aquellas ante las Cámaras Federales de Rosario, de Comodoro Rivadavia, de Paraná, y de Corrientes

La Procuración remarcó que la solución debería darse a través de la coordinación de una agenda única “entre los distintos operadores judiciales, la aplicación creativa de las soluciones tecnológicas disponibles, la capacitación en materia de litigación oral por aquellos operadores que implementaron el sistema, y la necesidad de un claro seguimiento de superintendencia de los órganos centrales para uniformar las prácticas en todo el territorio nacional”.

La mayoría de los operadores judiciales rescata que la oralidad reduce los tiempos en los procesos y permite agilizar las causas penales. En todas las salas de la Cámara del Crimen de la Capital Federal, las audiencias son orales, públicas y grabadas, y el CD luego es parte del expediente.



dju

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