La Cámara alta bonaerense introdujo una reforma en el Código Penal al incorporar el artículo 233 bis a la ley 11.922 de la Provincia. Se trata del establecimiento de nuevas pautas que garantizan la protección de la identidad de las personas que quieran aportar datos en causas penales, que además, no podrán ser citados a declarar compulsivamente. También se aprobó una ley que estipula un cambio en el régimen de elecciones internas de los partidos políticos.
El proyecto, que volvió de la Cámara baja con modificaciones del original, asegura que "toda persona que desee aportar información para el esclarecimiento de un ilícito podrá requerir al fiscal declarar bajo reserva de identidad. En este caso, y en el supuesto del artículo 286 tercer párrafo, el testigo o denunciante no podrá ser citado compulsivamente al debate".
Además, la medida contempla que "la declaración recibida bajo reserva de identidad en la investigación penal preparatoria no podrá ser utilizada en el debate oral como medio de prueba para fundar la condena del imputado, y sólo tendrá valor como anoticiamiento de la comisión de hechos ilícitos o para orientar su investigación y esclarecimiento".
Por su parte, el artículo 14 de la Ley 14.086 y el 16 del decreto-ley 9.889 fueron modificados para cambiar el sistema de elecciones internas de los partidos políticos. Es que ahora, la disposición final de las listas será "determinada aplicando el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria entre todas las listas que hubieren participado”, aseveran los senadores en la nueva legislación.
En el sistema anterior se utilizaba el método D´Hont, mediante el cual las listas que obtuvieran un 10% de los votos de los integrantes del partido podían elegir el reparto de los cargos electivos.
También se aprobó otro proyecto en el que personal docente y no docente de la educación que trabajaba a nivel nacional y fuera transferido a Provincia mediante la ley 24.049, ahora cuente con los beneficios jubilatorios que brinda el Instituto de Previsión Social. Es que por la medida, la ANSES, que regula las jubilaciones bonaerenses, no les reconocía los años de antigüedad para acceder al retiro.
Asimismo, se aprobó la suspensión por 360 días de la ejecución de bienes muebles o inmuebles de asociaciones civiles sin fines de lucro que estén relacionadas con el ámbito deportivo o cultural, que cuenten con personería jurídica y estén domiciliadas en la provincia de Buenos Aires.
dju
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