02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

J) PREOCUPACION

 
No será la única para Gil Lavedra porque la aparente anarquía procesal que existe por parte de la cámaras federales para investigar la verdad sobre los desaparecidos, le está ocupando gran parte de su tiempo. Al no existir un objeto procesal concreto y sin el fín de una condena, justificativo pleno para todo tribunal, cada cámara ha implementado el método que considera conveniente pero sin ajustarse a una metodología común. Como los casos son miles, en la Alianza se ve con preocupación el incesante desfile de militares en actividad como eventuales testigos de la desaparición de personas durante la dictadura y por ello se está buscando que sea la propia Corte o la Cámara de Casación Penal de la Capital Federal la que determine instrucciones muy claras. Una posibilidad es que se cree una Comisión Investigadora Especial sobre la Verdad Histórica de los Desaparecidos y se saque el problema de la Justicia aunque no son pocas las voces que -desde el Frepaso y otras expresiones de la izquierda- reclaman por la derogación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final sancionadas durante el gobierno de Raul Alfonsín. Si eso ocurre, volverá el desfile de los uniformados por los tribunales.

- / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486