El tribunal entendió que "existen indicios suficientes como para que la funcionaria que aparece autorizando la celebración de cinco contratos" (Felgueras) "sea convocada en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal.Los contratos fueron celebrados el 1º de diciembre de 1998 por funcionarios del gobierno de la ciudad (algunos de los cuales ocupan cargos en el actual gobierno nacional) y los representantes de las empresas prestatarias de servicios de catering y comedores vacacionales.
La causa se inició a raíz de una denuncia formulada por empresarios de servicios de comedores que se sintieron perjudicados por el proceso licitatorio, entre ellos José Luis Orrico.En esa presentación fueron denunciados también los entonces Secretario de Salud de la comuna (actual ministro) Héctor Lombardo; el Secretario de Hacienda, Adalberto Rodríguez Giavarini (actual Canciller) a quienes los denunciantes acusaron de haber detenido el proceso licitatorio y consideraron insuficiente el asesoramiento de la Comisión de Preadjudicaciones, nombrando una nueva comisión integrada por personas del "circulo íntimo" de la Jefatura de Gobierno, Leonardo Aiello, Sergio Pena, Ricardo Manes y Amanda Rubillar.
La comisión nueva aconsejó contratar en forma directa "lo que fue una verdadera adjudicación ilegal, porque se habrían otorgado los contratos a las empresas que mejor les parecía y por el tiempo que se lediese la gana".Además, fue denunciado el entonces Procurador General del Gobierno de la Ciudad, Ernesto Marcer, por ser el ejecutor de los dictámenes mediante los cuales se materializaron las exclusiones de empresas "por razones falsas y arbitrarias".
Oportunamente la fiscal de la causa, Mariana García, aconsejo desestimar la denuncia, pero el juez de instrucción Hector Yrimia se opuso a ese dictamen, por lo que se elevó el expediente a la Cámara "en consulta". El tribunal reconoció que la Ley de Contabilidad Nacional permite que se contraten en forma directa operaciones y suministros que no superen los 100 mil pesos, pero en este caso los convenios suscriptos con cinco empresas superaban esa suma.
La funcionaria había dispuesto, según se desprende del expediente, que el excedente por sobre los cien mil pesos debía ser imputado a las partidas "otros servicios personales".Los camaristas Carlos Gerome y Julio Barbarosh, consideraron como "paradójico" que se utilizara el argumento de "necesidad y urgencia" del servicio social para justificar esas operaciones y se utilice otro opuesto diametralmente diferente para las contrataciones relacionadas con comedores escolares y hospitalarios".