28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Nuevo orden para los depósitos judiciales y los CBU en Provincia

La Suprema Corte bonaerense emitió un acuerdo para adecuar sus políticas a las del Banco Central respecto a los depósitos judiciales. A su vez, desde el máximo Tribunal se pronunciaron acerca de las pericias psiquiátricas en causas de violencia familiar.

 

Gracias a las presentaciones efectuadas por el Instituto de Previsión Social y la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el Banco Central emitió este año una comunicación en la que establecía que a partir del 1º de julio “solo se podrán emitir transferencias por captación de depósitos por orden judicial sobre cuentas a la vista para uso judicial con la Clave Bancaria Uniforme (CBU) correspondiente”.

Por eso, la Suprema Corte bonaerense decidió adecuarse a esta política a través de su acuerdo 3552/11.

En el texto que ratifica la medida, los miembros del máximo Tribunal de la provincia de Buenos Aires explicaron que las presentaciones efectuadas se sustentan en “el requisito impuesto por el Banco Central, en oportunidad de ordenarse las trabas de embargo de sueldos de agentes de esas reparticiones públicas”.

Asimismo precisaron que conforme a lo dictado por los artículos 1 y 4 del acuerdo “el Banco procede a la apertura de la cuenta requerida, comunicando de inmediato a los organismos jurisdiccionales el número de cuenta asignado”.

“Corresponde entonces, que sea la misma Entidad que exige la CBU, quién tenga a su cargo aportarla, sin perjuicio de las medidas que por vía de superintendencia puedan tomarse, para que los Magistrados -una vez que cuenten con el número de cuenta y la clave asignada- la incluyan al momento de ordenar el libramiento de oficios.”

A este respecto, los magistrados entendieron que “corresponde disponer que se adecuen los mecanismos existentes de instrumentación de los medios vigentes de movimientos de cuentas judiciales o trabas de embargos dispuestas por los titulares de los órganos jurisdiccionales de este Poder Judicial, con la adecuación de la normativa vigente”.

En otro orden, desde la Suprema Corte también decidieron ampliar los alcances de la resolución 1871/09 autorizando a los Jueces de Paz Letrados a “desinsacular de la lista para designaciones de oficio previstas en el Acuerdo de referencia, peritos psiquiatras, cuando resultare indispensable para resolver una causa de violencia familiar y siempre que no pudiere solicitar la asistencia de otros profesionales, fijando sus honorarios entre dos y seis Jus, con cargo al presupuesto de esta Administración de Justicia”.

También consignaron que los magistrados deberán efectuar las “pertinentes regulaciones, que elevarán a la Delegación de Administración Departamental, debiendo consignar en la solicitud de pago el nombre y apellido del profesional, número de CUIT, carátula y número de la causa, fecha de la designación, fecha del auto regulatorio y cantidad de jus regulados”.



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486