El cuerpo votó positivamente el dictamen presentado por el consejero y diputado justicialista Miguel Angel Pichetto, quien propuso citar según el artículo séptimo del reglamento de la Comisión a la magistrada, sospechada por supuestos actos de “cohecho” producidos en el ámbito de ese Tribunal, y que fueron publicados en sucesivos artículos del diario La Nación.
Pichetto, tal como anunció este medio, presentó su dictamen hoy ante el plenario de la Comisión, que por mayoría se decidió citar a la camarista para que comparezca según el artículo séptimo por las graves imputaciones hacia sus pares de la Sala A, de haber recibido beneficios en algunas causas, y la existencia de prácticas irregulares.
Por otra parte, se dieron a conocer hoy los fundamentos del escrito que la magistrada presentó ante el cuerpo del Consejo. Se trata de una presentación que contiene manifestaciones apuntadas a precisar el sentido y el alcance de las expresiones que hizo la jueza al finalizar el acuerdo general de la Cámara, el 2 de agosto de este año, ante la presencia de la mayoría de sus miembros. “Esas expresiones –argumentó la magistrada—fueron reconstruídas por los jueces de Cámara presentes en aquella ocasión, quienes la volcaron en el acta levantada el día 31 de agosto”.
En esta presentación Miguez de Cantore realizó una aclaración previa, “dejo sentado, que no he cometido irregularidad alguna y que no corresponde calificar a mis manifestaciones el día 2 de agosto como confesión o autoincriminación”.
La jueza también se refiere a las publicaciones periodísticas en las que “se ha atribuido a aquellas manifestaciones el alcance de confesión de irregularidades. La confusión pública se agrava porque además de la calificación periodística, también se adjudica a un miembro de ese Consejo haber calificado mis expresiones como una confesión o autoincriminación”.
La magistrada dijo en el escrito presentado, que le preocupaban algunas situaciones entre la relación del juez de Cámara Peirano y el letrado Pedro González Trabuco”.
La magistrada mencionó expresas irregularidades entre el juez Peirano y el abogado González Trabuco en diversas causas como “Ankober S.A. C/Coll”, la contribución del letrado a la compra de la vivienda del Juez, y en la tramitación de la causa “Financier S.A. c/ Kisic”.Acerca de la presunta vinculación entre la magistrada y un abogado del estudio de Rodolfo Barra, manifestó que “seguramente se trata de una confusión”. “Relaté en en el Acuerdo de la Cámara del 14 de julio del 2000 que, el doctor Peirano invocó un requerimiento de Rodolfo Barra para reducir una indemnización. Resulta imprecisa la reproducción del relato cuando consigna simplemente que manifesté haber accedido”.
Se trata de la sentencia pronunciada en los autos caratulados “Menéndez de Menéndez, Mercedes c/Banco Mercantil Argentino s/ordinario”, en que se requería una indemnización de la entidad bancaria como consecuencia del robo del contenido de una caja de seguridad.
A propósito de esto último la jueza aclara que “dicha sentencia que redujo la indemnización fijada en primera instancia, es el inobjetable resultado del análisis de las constancias del proceso y de la forma en que fueron emitidos los votos, y no la consecuencia del requerimiento que me fue formulado, o transmitido por Peirano”.
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