04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Jury en el Consejo de la Magistratura

A Romano le sube el agua al cuello

“Ha deshonrado el cargo por el que fue investido por las instituciones de la democracia”, fueron las palabras de los alegatos en la acusación que busca la remoción del suspendido y prófugo Otilio Roque Romano. El “contexto historiográfico” del accionar del magistrado fue el principal argumento de la defensa. Los detalles de la última jornada.

 

Una hora después de la pautada la presidenta del jurado de enjuiciamiento de magistrados, María Alicia Noli, dio comienzo a lo que fue la jornada de alegatos en el marco del juicio político que se realiza contra el magistrado suspendido y prófugo, Otilio Roque Romano.

La parte acusadora, integrada por Hernán Ordiales y Carlos Moreno, comenzó así con sus alegatos. La palabra la tomó el representante del Ejecutivo quién reclamó la “remoción” del magistrado de su cargo como camarista federal de Mendoza por el causal de “mal desempeño en el ejercicio de la función” en orden al “desprecio por los derechos humanos, la Ley y la Constitución Nacional”.

Ordiales en su alegato acusó al magistrado prófugo de ser “funcional al Terrorismo de Estado” por su actuación entre 1975 y 1983 cuando fu fiscal general y juez subrogante y tuvo un accionar basado en la “omisión deliberada, sistemática y prolongada en el tiempo de investigar las denuncias”.

Por su parte, la defensa oficial ejercida por Estela Fabiana León, sostuvo en su alegato que el jurado debería analizar “el periodo comprendido entre el momento de su asunción como camarista hasta su suspensión” y pidió se rechace la acusación contra el magistrado.

Según prosiguió el representante del Ejecutivo de la prueba se desprende que Romano “se hizo presente en los centros clandestinos y las unidades carcelarias y pudo comprobar los tratos inhumanos” pero “nunca investigó” salvo en una ocasión. Investigación que fue considerada como “parodia” por Ordiales ya que en dos años se limitó a pedir la identificación de los policías que participaron de los operativos y luego archivó la causa.

A ello agregó que Romano no sólo omitió investigar, sino que tuvo una “actitud activa ya que instó a que firmaran una declaración de arrepentimiento para que no se le iniciaran causas” a las personas que fueron secuestradas.

Otro de los argumentos de la acusación también sostenía que el magistrado suspendido “tenía particular predilección” por las causas por la violación de la Ley 20.840 conocida como Ley Antisubversiva.

En este sentido León, citando a Eugenio Zaffaroni, sostuvo que deben hacerse “consideraciones historiográficas de los hechos”, puesto que “no se puede pretender juzgar con parámetros de hoy situaciones que ocurrieron en los años setenta”. Es que se trata de “temas del pasado, que es donde ocurrieron los hechos”.

La defensora citó, durante su alegato, diversos extractos del debate legislativo que se dio en 1974 y que culminó con la aprobación de la Ley 20.840donde por ejemplo se sostuvo que “el fiscal federal es un funcionario del gobierno”. “No fue Romano el que violó la Ley” dijo León y agregó: “fue una Ley la que violó la Constitución”.

La razón del relato historiográfico radica en que “en este contexto se desempeñó Romano como fiscal”, donde las normas eran –en palabras de la defensora- “aberrantes” pero en ese momento “las cosas ocurrían así”. “Los miembros de la Justicia Federal no tenían ninguna posibilidad de controlar”, concluyó

“Su actuación como fiscal no impide su juzgamiento”, explicó Ordiales ya que hay un “deber inexcusable de los fiscales de investigar todos los hechos que llegan a su conocimiento”.

“No es cierto que Romano haya estado en un centro clandestino de detención”, replicó León y remató que “en esa época se hacía, estimo, lo que se podía”. Es que Ordiales recordó los dichos de un testigo que narró que “era ‘vox populi’ que Romano presenció sesiones de torturas” y que tomaba declaraciones indagatorias en los centros clandestinos de detención y en unidades militares a quienes se hallaban allí cautivos ilegítimamente, algunos de los cuales permanecían “vendados, atados o de espaldas”.

“Ha deshonrado el cargo por el que fue investido por las instituciones de la democracia” “prefirió eludir, dilatarse y escaparse”, concluyó Ordiales.

El Jury, integrado por las juezas María Alicia Noli – presidente- María Susana Najurieta, los senadores Rolando Bermejo y Emilio Alberto Rached, los diputados Oscar Albrieu y Ricardo Buryaile y el abogado Fabián Antonio Sahade, quienes explicaron que tienen 20 días para poder dictar sentencia. Según fuentes consultadas por este medio la sentencia estaría en condiciones de ser conocida a mediados de diciembre.

 



gustavo ahumada

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486