21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Protocolo para el "gatillo fácil"

La Procuración General de la Nación aprobó un protocolo de actuación para los fiscales que actúen en causas en las que se investiguen lesiones y homicidios cometidos por integrantes de las fuerzas de seguridad.

 

El procurador general de la Nación, Esteban Righi, aprobó un protocolo de actuación elaborado por la titular de la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios, Mary Beloff, realizado para el accionar de los fiscales en el marco de causas en las que se investigan hechos por “gatillo fácil”.

Se trata de la resolución PGN 114/2011, en la que se define un protocolo de actuación para la investigación de lesiones y homicidios cometidos por integrantes de las fuerzas de seguridad titulado "Reglas Mínimas de Actuación del Ministerio Público Fiscal para la Investigación de Lesiones y Homicidios Cometidos por Miembros de las Fuerzas de Seguridad en Ejercicio de sus Funciones".

Según consigna el protocolo, los fiscales tendrán que tener en cuenta diversas cuestiones referidas a los aspectos generales de la investigación, como por ejemplo que “centrar la investigación en las causas de la muerte” e “identificar los cuerpos con celeridad”. Asimismo, procurar el apartamiento de la fuerza investigada.

Con respecto a la imputación, se deben analizar posibles motivos en el accionar de los miembros de las fuerzas. Por otra parte, en referencia a las medidas de prueba se deben relevar signos de tortura, agresión sexual, autopsias, exhumación, análisis de restos óseos y peritajes, entre otras cosas.

Asimismo, al momento del interrogatorio de víctimas y testigos, el fiscal deberá, entre otras cosas, “arbitrar los medios necesarios para asegurar que la víctima y los testigos declaren sin la presencia de agentes de las fuerzas de seguridad” -libertad para declarar-, y “tener en consideración el género del declarante” -enfoque de género- .

Además, para la producción del protocolo fueron consultadas y tenidas en cuenta las guías y principios que surgen de las Directrices de las Naciones Unidas sobre la función de los fiscales; la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder; los Principios Relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias; el Manual sobre la Prevención e Investigación Eficaces de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias de las Naciones Unidas; y, también, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 30 de octubre de 2008 dictada en el caso "Bayarri vs. Argentina".

Según informaron desde la Procuración “el documento reafirma los lineamientos que habían sido plasmados anteriormente por la Procuración General en distintas Resoluciones, como parte de su política institucional”.

 



dju
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