18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

La última curda

Un juez de Bahía Blanca condenó a un joven que fue encontrado en estado de ebriedad en la vía pública a pasar sus noches de sábado en la comisaría del barrio.

 
Originalidad es la característica que nadie le puede negar al juez en lo Correccional de Bahía Blanca José Luis Ares, que condenó a una “semidetención” a un joven que fue arrestado en la vía pública en estado de ebriedad, quien ahora deberá purgar su pena durante dos meses en una comisaría. ¿La novedad? Serán doce horas por fin de semana, en horario nocturno.

La resolución recayó en Javier Mazzelo Di Paolo, de 26 años, acusado de infringir la ley de faltas. El fallo devino polémico porque el condenado es reincidente (fue penado en mayo a pagar 101,35 pesos de multa y a un día de detención), y según la norma tendría que haber cumplido 60 días de arresto efectivo por su última borrachera, sanción que el magistrado entendió inadecuada.

Mazzello Di Paolo fue arrestado a las 21.15 del sábado 23 de septiembre pasado, al ser sorprendido en la avenida Arias y Ecuador, en Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, en estado de ebriedad, con dificultades para mantener el equilibrio y un notable aliento etílico.

El hecho quedó acreditado mediante el acta de los dos policías que lo arrestaron y el informe médico, que constató en el acusado una ingesta alcohólica de primer grado. ”No puedo dejar de señalar que, a mi juicio, aplicar una pena de arresto de sesenta días a una persona por haber sido hallada en la vía pública en estado de ebriedad aparece como desmesurada, excesiva y carente de utilidad desde el punto de vista de la misión preventiva especial de las penas”, sostuvo Ares según publicó el diario La Nueva Provincia, de Bahía Blanca.

"Entiendo que el establecer el Código de Faltas una agravación mecánica y automática de la sanción, generando una pena fija que no permite margen de acción alguno al juzgador es, al menos, una decisión desacertada e inconveniente desde una perspectiva jurídica", agregó en su sentencia el juez, que decidió aplicarle la pena de “semidetención” nocturna con una multa de 405,42 pesos.

La sanción privativa consiste en que Di Paolo cumpla doce horas semanales de detención en la comisaría de su domicilio, durante ocho semanas consecutivas, ingresando en la seccional los sábados a las 20 y retirándose a las 8 de los domingos. ”Este mecanismo permite aunar el efecto admonitorio de la privación de la libertad, sin conllevar sus principales inconvenientes como son la segregación del condenado respecto de su medio social, laboral y familiar”, argumentó el magistrado.

En otra de las medidas que tomó, Ares resolvió librar un oficio al presidente de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, solicitándole remitir una copia del fallo a la Legislatura provincial, a fin de que se contemple la reforma del Código de Faltas, respecto de la reincidencia.

Ares fundamentó su posición de no cumplir a rajatabla con la cuantía de la norma prescripta basándose en “una razón práctica”. “La carencia de establecimientos adecuados y de la infraestructura necesaria en las comisarías para una detención tan prolongada, sumado al hecho de que el Estado provincial deba proveer la alimentación al infractor durante todo ese período”, hacen la pena de 60 días de detención exagerada y desproporcionada con la falta cometida, según opinó el juez.



dju / dju
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