04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Una mordida de más de 70 mil dólares

La Corte Suprema de Chile determinó que el dueño de un perro raza akita debe indemnizar con más de US$ 70.000 a una mujer y a su marido por el ataque y las mordeduras del animal. “El dueño de un animal es responsable de los daños causados por el mismo animal” explicaron los magistrados.

 

La Corte Suprema de Chile sostuvo mediante un fallo unánime que el dueño de un perro de raza akita deberá pagar una indemnización de $35.000.000 de pesos chilenos, algo más de 70 mil dólares a la víctima y su cónyuge por el ataque y mordeduras del animal, hecho ocurrido en 2001, en Pirque, en la Región Metropolitana de aquel país.

Con las firmas de los ministros de la Cuarta Sala del máximo tribunal, Gabriela Pérez, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Ricardo Peralta, se ordenó al dueño del can, Iván Peters Ruff, a que indemnice por el daño moral provocado a las víctimas Aldo Albertini Artigas y su mujer Jenny Mayenberger Bezanilla.

Según consta en la causa, en diciembre del 2001 el perro escapó del predio que en aquel momento administraba Peters Ruff, Viña Concha y Toro S.A.-también demandada-, y atacó sorpresivamente a Albertini Artigas mientras este paseaba por un camino, “sufriendo lesiones en sus brazos, de carácter grave”.

La Corte con el falló confirmó el fallo del Segundo Juzgado del Crimen de Puente Alto que, en 2007, condenó al dueño del can a 61 días de presidio remitido por su responsabilidad como autor de cuasidelito de lesiones.

En el fallo los ministros tuvieron en cuenta el Código Civil de aquel país que consigna en el inciso primero del artículo 2326 del Código Civil que preceptúa: “El dueño de un animal es responsable de los daños causados por el mismo animal, aun después que se haya soltado o extraviado; salvo que la soltura, extravío o daño no pueda imputarse a culpa del dueño o del dependiente encargado de la guarda o servicio del animal”.

Asimismo se destacó que la demandante Jenny Mayenberger Bezanilla “es cónyuge del lesionado y desde el mismo momento en que su marido fue atacado por el animal, sufrió un profundo impacto psíquico y emocional, debiendo además afrontar su cuidado personalmente, por lo que tal impacto se mantuvo en el tiempo”.

Sin embargo, la sentencia del máximo tribunal acogió un recurso de casación presentado por la Viña Concha y Toro, que había sido condenada por la Corte de Apelaciones de Santiago a pagar la indemnización, ya que “el ilícito cometido como autor por el demandado don Iván Peters Ruff no guarda relación con su actividad laboral de administrador del fundo de propiedad de la sociedad demandada”.

Por todo ello consignaron que el implicado debe indemnizar por el daño moral sufrido tanto a la víctima como a su cónyuge con más de 60 mil dólares, 40 mil para el hombre atacado por el perro y poco más de 30 mil dólares para su cónyuge.

 



dju

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