Luego del análisis de las pruebas, el jurado de enjuiciamiento que se encarga del caso del fiscal de Morón Federico Nieva Woodgate decidió darle curso a la demanda del SERPAJ por su accionar como funcionaro durante la última dictadura.
En marzo de este año, la Secretaría de Enjuiciamiento del Senado bonaerense se encargó de conformar el jurado que se encargaría de analizar las pruebas presentadas por el Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), organismo que dirige el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, en relación al accionar del fiscal general de Morón, Federico Nieva Woodgate, por su accionar como funcionario público durante la última dictadura militar en nuestro país.
Tras un exhaustivo trabajo de los cinco legisladores y abogados representantes de la Comisión de Juicio Político, se llegó a la conclusión de que las pruebas eran lo suficientemente concluyentes y es por eso que se llevará a cabo un jury contra el renombrado empleado judicial, también señalado por su participación en la causa que investiga al padre Julio Grassi por abuso sexual de menores.
Durante esos años, Woodgate fue juez en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora, hasta 1978 cuando cambió su labor como funcionario del Poder Judicial. Es por su trabajo como magistrado que el SERPAJ realizó señalamientos ante la Cámara Alta de la provincia de Buenos Aires.
Iván Budassi (FPV-PJ); Cristina Fioramonti (FPV-PJ); Roberto Costa (UCR); Fernando Rozas (UCyB) y Gustavo Oliva (FPV-PJ), son los senadores encargados de llevar adelante el proceso, quienes, a su vez, consideraron que era adecuado y votaron por la afirmativa de manera unánime, basándose en la documentación y pruebas presentadas por la Organización no gubernamental.
Los demás integrantes del jurado también entendieron que la evidencia hacía necesario un jury contra Woodgate, por lo que no hubo ninguna discusión sustancial que impidiera la aprobación del pedido del SERPAJ.
Como ya había asegurado en marzo pasado titular de la Secretaria Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, Ulises Giménez, “se están cumpliendo con los plazos previstos”. Así es que había afirmado que “la Comisión Bicameral avaló la denuncia presentada, y la remitió a la Secretaría en diciembre de 2011, para que pongamos en marchas los procedimientos indicados en la ley de enjuiciamiento”.
En relación a la denuncia del SERPAJ, una de las principales pruebas presentadas es relativa a una resolución de 1977 de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) en la que “recomendaba” a los magistrados que “en la tramitación de Hábeas Corpus se abstengan de efectuar pedidos de informes al Estado Mayor Conjunto, relacionados con personas detenidas o desaparecidas”.
Así es que los integrantes de la ONG precisaron que el acto administrativo “certifica que todos los jueces de la provincia de Buenos Aires, sabían de la existencia de ciudadanos desaparecidos y en casos particulares se tramitaban las desapariciones forzadas de personas como privaciones ilegales de la libertad para evitar así librar los oficios correspondientes”.