22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Un tropezón que es indemnización

La Cámara Civil confirmó un fallo de primera instancia en el que se condena al Municipio porteño a indemnizar con $92.000 a una mujer que sufrió una caída en la vereda frente a un hospital. “Al juez civil interesa qué hacía antes el afectado, qué potencialidades había y qué puede hacer ahora”, explicaron los jueces en el fallo.

 

La sala L de la Cámara Civil, con las firmas de Víctor Fernando Liberman, José Luis Galmarini y Marcela Pérez Pardo, confirmó un fallo de primera instancia en el que se condena al Gobierno de la Ciudad a indemnizar con 92 mil pesos a una mujer que se cayó por las imperfecciones de una vereda y sufrió lesiones en su pierna.

Se trata de la causa “Barbato, Juana Alicia c. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ daños y perjuicios” que se inició cuando una mujer se cayó producto de los “desperfectos o incorrecciones en una acera adyacente al hospital Argerich” de esta Capital.

El accidente ocurrió en diciembre del 2006 mientras la mujer se dirigía al Hospital Argerich para realizarse unos estudios médicos. Según consta en la causa “en el camino comenzó a llover y cuando llegó a destino estaba todo inundado” y al “cruzar hacia el hospital encuentra toda la vereda llena de agua y al caminar unos pasos se tropieza por una rotura de la misma y se cae”.

Esto le causó una fractura del plato tibial así como problemas en su rodilla que sufrió un deseje. Al momento de accidentarse la mujer se encontraba atravesando el postoperatorio de un transplante hepático en el cual había sido receptora de órgano.

En primera instancia el magistrado que intervino tuvo en cuenta los testimonios de los testigos que sostuvieron que la vereda donde cayó al mujer poseía “fallas, tenía pozos, el piso no tenía baldosas”, y condenó al Gobierno de la Ciudad a que indemnizarla con 92 mil pesos.

Tras las apelaciones la causa derivó en la Cámara Civil donde los magistrados sostuvieron, de acuerdo a las pericias médicas, que “la intervención quirúrgica evolucionó tórpidamente, la prótesis se infectó y esto no permitió una correcta evolución de la fractura, quedó consolidada en deseje”.

Por lo que consideraron que “antes del accidente no había una tan marcada dificultad para deambular” aunque “ahora tiene que hacerlo con bastón”. “Que hubiese ingresos precarios y se ocupase de los nietos no quita que esa y otras actividades, como atenderse a sí misma, hacer cosas de la casa, pasear, relacionarse y vivir en general, se vean afectadas en forma directa y, por tanto, la economía de la señora, en forma indirecta”, consignaron en el fallo.

“Al juez civil interesa qué hacía antes el afectado, qué potencialidades había y qué puede hacer ahora” explica y concluye que “la asignación del juez de grado es acertada y corresponde confirmarla”, concluyeron confirmando la condena de primera instancia que ordena indemnizar a la mujer con 92 mil pesos.

 



dju
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