20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Críticas y opiniones sobre la propuesta oficialista

Cambios en los jury de Provincia

El Senado bonaerense dio media sanción a un proyecto que prevé una serie de modificaciones en el procedimiento de enjuiciamiento de magistrados. Hubo pronunciamientos a favor y en contra. Qué dicen los jueces. Los lineamientos generales de la iniciativa.

 

Después de varias semanas de debate, discusiones e intercambios entre el Poder Judicial y el Legislativo, y el aporte de la gente de derecho, la Cámara Alta bonaerense sancionó el proyecto de Ley que prevé la modificación del sistema de enjuiciamiento de magistrados en la provincia. Desde algunos sectores se celebró la medida, mientras que algunos otros realizaron críticas a la nueva normativa.

Entre otras cosas, la propuesta del oficialismo que ahora fue girada a la Cámara Baja establece plazos más ágiles para llevar a cabo los jury, a la vez que brinda la posibilidad de apartar a los jueces denunciados preventivamente, como sucede en los regímenes aplicados en otras provincias en este respecto.

Una de las primeras modificaciones corresponde al artículo ocho, que “el Secretario y los Prosecretarios podrán ser removidos de conformidad con las pautas previstas en el Reglamento de la Cámara de Senadores para la remoción de sus Secretarios”, y en este mismo sentido y como cambio más notable, se incorporaría que “el Presidente del Tribunal resolverá la excusación o recusación del Secretario”.

Pero la novedad más resonante es, precisamente, la posibilidad de suspensión: “Si existieren elementos probatorios suficientes que hicieran prima facie verosímiles los hechos denunciados, el Jurado por resolución fundada, previa vista al denunciado por el término de diez días, podrá disponer su apartamiento preventivo, siempre que la gravedad de los mismos tornare inconveniente su permanencia en el ejercicio de la función o ésta pudiese perjudicar o entorpecer la investigación”.

La senadora Cristina Fioramonti (Fpv) destacó que con este proyecto se podrán “agilizar los pasos procesales, incorporar el apartamiento preventivo de los funcionarios judiciales sospechados,  y ordenar y hacer más armónico el conjunto normativo”. También agradeció los aportes de los integrantes de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) en torno a la propuesta del oficialismo.

En tanto, senadores de otros bloques como Alfredo Meckievi (PRO) aseguraron que a pesar de que hay puntos para discutir, lo más razonable era votar a favor de la iniciativa porque significaba un avance en la materia. “Festejamos porque hemos logrado una herramienta que va a beneficiar a todos los bonaerenses”, agregó Carlos Fernández (UCR).

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata, Luis Arias, afirmó a Diario Judicial que “actualmente el sistema de enjuiciamiento de magistrados tiene un gran déficit porque existen muchas irregularidades en muchos juzgados. En el foro judicial todos saben quiénes son los que actúan de manera irregular, pero esos jueces nunca son removidos ni sancionados”.

Arias agregó que “el jury ha funcionado como una herramienta de persecución política, yo mismo he sufrido personalmente esta clase de acciones. Se utiliza como una espada de Damocles que ejerce presión sobre los magistrados, y ante decisiones que no sean del agrado de algún sector se recurre a esta herramienta que ahora estará mejor regulada para que no actúe en este sentido”.

Al mismo tiempo, entendió que “es saludable que se aceleren los plazos y se planifique mejor el procedimiento. Y si hay jueces que están involucrados en delitos deben ser removidos, ya que los que realizamos nuestro trabajo de forma correcta no tenemos ningún tipo de preocupación en este sentido”.

Pero no todos se mostraron a favor de la normativa que ahora será debatida en la Cámara Baja. Uno de los actores principales y más afectados por la medida mostró reticencia ante las modificaciones introducidas. Se trata de la magistratura.

Margarita del Carmen Tropiano, presidenta del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, afirmó que el proyecto “plantea cuestiones tales como la suspensión preventiva de los magistrados y el acortamiento de los plazos, que afectan el derecho de defensa y al debido proceso”.

“Las iniciativas en cuestión conllevan un avance del poder político sobre la independencia de los magistrados que no puede interpretarse sino como un intento de condicionar a quienes deben controlar los actos del poder y poner límites a cualquier intento de avasallamiento sobre los derechos de los ciudadanos. (…) El único magistrado destituido recientemente en nuestra jurisdicción fue investigado y denunciado por el propio Poder Judicial”, precisó la titular de la entidad que nuclear a jueces y empleados judiciales en la provincia.

Pero las críticas más duras contra la nueva forma de encarar un jury provinieron desde la Red de Jueces Penales de la provincia. El órgano afirmó, en un comunicado, que "la precipitada suspensión en sus funciones de aquellos que sean denunciados, lo cual constituye una herramienta por demás peligrosa para que cualquier litigante disconforme recurra al mecanismo de la denuncia para sacar del medio de un litigio, de cualquier naturaleza, a un juez que le disgusta porque no lo favorece con sus sentencias".

Desde la entidad también afirmaron que “con muy pocos elementos probatorios y a pesar de las escasas o nulas posibilidades de defensa del denunciado, se puede no sólo separar del conocimiento de un caso al juez predeterminado por la ley (o juez natural), sino también inhabilitarlo para el ejercicio de su cargo".

Entre sus críticas, también consignaron que “es una verdadera afrenta al sistema acusatorio constitucional que cuando la Comisión Bicameral es la que ejerce la acusación pública, algunos de sus miembros puedan integrar, en el caso, el jury de enjuiciamiento”.

“Lo propio sucede si se admite que el tribunal juzgador disponga, de oficio, medidas de instrucción, porque en los modelos respetuosos de la igualdad de las partes y de la equidistancia de los juzgadores con ellas, las pruebas tendientes a la verificación de los cargos sólo pueden ser aportadas por el acusador y refutadas por la defensa”, manifestaron desde la Red.
 



dju

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