28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024
Luego del conflicto salarial por los salarios

¿Sindicato de Policía? Por ahora no

La Procuradora Genral de la Nación dictaminó en favor de confirmar la decisión de la Cámara Laboral de rechazar el pedido de inscripción gremial del Sindicato Policial de Buenos Aires “ante la ausencia de una ley expresa”. Además, Gils Carbó recomendó el debate de una ley específica en el Congreso de la Nación.

 

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en contra de la sindicalización de los miembros de fuerzas de seguridad en una causa que se encuentra en la Corte Suprema y donde la Cámara Laboral había decidido el rechazo de la inscripción gremial.

Se trata de la causa "Sindicato Policial Buenos Aires c/ Ministerio de Trabajo s/ Ley de Asociaciones Sindicales” donde el Sindicato Policial de Buenos Aires había solicitado al Ministerio de Trabajo la inscripción gremial que fue rechazada por este. Resolución que luego fue confirmada por la Cámara del Trabajo.

Tras la apelación la causa llegó a la Corte Suprema que la derivó para que dictamine al respecto la Procuración. En aquella ocasión la sala V de la Cámara del Trabajo sostuvo el rechazo argumentando que “la fuerza policial no es independiente del Estado sino que lo representa e integra”.

En su apelación, el Sindicato sostuvo que “se vulneró el principio de legalidad del an. 19 de la Constitución Nacional” ya que se “reconoció que no se ha dictado legislación alguna que prohíba la sindicalización de los integrantes de las fuerzas policiales ni que los excluya de la aplicación de la Ley nro. 23.551”.

Gils Carbó consideró válido el rechazo a la inscripción del sindicato “ante la ausencia de una ley expresa” que regule el ejercicio de estos derechos para los miembros de las fuerzas de seguridad y explicó que “las normas internacionales que tratan específicamente los derechos sindicales acogen expresamente las especiales características de la actividad y de la funciones realizadas por las fuerzas policiales”.

Los convenios internacionales “delegan en los Estados miembro la armonización de los derechos sindicales con los restantes valores jurídicos y derechos en juego”, consignó el dictamen de la Procuradora General. Sin embargo, estimó que “sería deseable” que el Congreso de la Nación promueva la discusión correspondiente sobre la implementación y el alcance de los derechos reclamados.

“Sólo en el amplio marco de un debate legislativo puede establecerse una ponderación que considere la totalidad de los intereses involucrados, y no meramente los emergentes en el contexto de un caso judicial concreto”, subrayó el dictamen.

“Esas tareas, por su naturaleza, sólo pueden ser efectuadas por los poderes políticos y su inactividad no puede ser suplida, al menos en este caso, por la actuación judicial en el acotado marco de una causa”, concluyó.

Por todo ello Gils Carbó dictaminó que debería confirmarse la sentencia de la Cámara del Trabajo que rechazó el pedido de inscripción gremial del Sindicato Policial de Buenos Aires. Ahora es el turno de la Corte.

 



dju

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